Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

408034

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

Reglamento el la pagina web de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Articulo Tercero.- Deroguese toda MORDAZA municipal que contravenga el presente Decreto. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos y Secretaria General la difusion del presente Reglamento para su debido conocimiento y cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA MORDAZA 435403-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de maquinaria
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2009-MPP-T Tayabamba, 10 de diciembre de 2009 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ VISTO: En Sesion Extraordinaria N° 053-2009, celebrada el 09 de diciembre de 2009, el informe Tecnico N° 089-2009-J/ LOG-MPP, de fecha 09 de diciembre de 2009; emitido por el Jefe de la Unidad de Logistica, informe N° 124-2009OALMPP-T de fecha 09 de diciembre de 2009, emitido por el Jefe de Asesoria Legal, sobre la exoneracion de MORDAZA de seleccion en la adquisicion de Tractor sobre orugas D6T XL.; y, CONSIDERANDO Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 "Ley Organica de Municipalidades", senala que los gobiernos locales promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Que en sesion de concejo municipal N° 053 de fecha 09 de diciembre de 2009, se aprobo la adquisicion de un tractor sobre orugas modelo D6T , hecho que concuerda con el requerimiento de la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, quien formula las caracteristicas y requerimientos tecnicos minimos que debe de contar la referida maquinaria. Que asimismo tales hechos se hacen de conocimiento de la Unidad de Logistica a fin de que proceda a iniciar acciones tendientes a la adquisicion del bien sub materia. Que de los actuados por la Unidad de Logistica, se concluye que el tractor sobre orugas 06 T, corresponde a la MORDAZA CATERPILLAR y que la distribucion exclusiva de dicha maquinaria, corresponde a un solo proveedor a nivel nacional. Ademas el proveedor solo cuenta con una sola unidad de tractor sobre orugas modelo D6T XL. Lo cual se senala asi en el estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA para la adquisicion del bien en referencia. Que por el monto, segun lo establecidos por la Ley de Presupuesto para el Sector Publico ano 2009, el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de tractor sobre orugas que corresponde es una Licitacion Publica y que asimismo el art. 24 del RLCE, senala que los plazos entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas de un MORDAZA de licitacion publica, no debera ser menor de 22 dias habiles, lo cual no permite que la adquisicion del tractor sobre orugas, proceda este ano 2009, corriendose el peligro de que el presupuesto asignado para la

adquisicion del tractor sobre orugas, revierta puesto que parte de dicho financiamiento corresponde a recursos ordinarios. Por tanto se justifica la adquisicion directa de tractor sobre orugas, hecho que amerita la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Que conforme dispone el articulo 20° inciso e) de la Ley de Contrataciones del estado aprobado por el decreto legislativo N° 1017, prescribe que la exoneracion de los procesos de seleccion procede "cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de los derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor". Que, conforme lo dispone el articulo 21° de la Ley de Contrataciones, aprobado por D.S. N° 184-2008-EF establece "Formalidades de contrataciones exoneradas, las contrataciones derivadas de exoneraciones de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante resolucion del titular de la entidad, acuerdo del directorio, acuerdo del Concejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnicos y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. MORDAZA de dichas resoluciones o Acuerdos y los informes que los sustenten deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez dias habiles de aprobacion bajo responsabilidad del titular de la entidad ( ... ). Esta prohibida la aprobacion de exoneraciones en vias de regularizacion, a excepcion de la causal de situacion de emergencia. Que, el articulo 131° del Reglamento de Contrataciones aprobado por D.S. N° 184-2008-EF, prescribe la situacion en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente. Tambien se considerara que existe proveedor unico en los casos por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor". Asimismo el articulo 135° del Reglamento establece que "La entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases (. .. ). Asimismo, el MORDAZA parrafo del indicado articulo 135° establece que "La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicaran de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9° numeral 8) y 41) de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", luego del debate correspondiente y con la aprobacion por unanimidad de los senores Regidores del Concejo Provincial de Pataz. SE ACUERDA: Articulo Primero.- EXONERAR en forma excepcional a la Municipalidad Provincial de Pataz del MORDAZA de ejecucion seleccion para la adquisicion de Tractor sobre orugas D6T XL., por la causal de proveedor unico de bienes. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA del presente Acuerdo de concejo y los informes que los sustenten al OSCE y a la contraloria General de la Republica, en merito a lo establecido en el inciso c) del articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por decreto Legislativo N° 1017, asi mismo se realice la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 436058-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.