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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408027 permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo. La autorización defi nitiva de funcionamiento se concederá después de la evaluación mínima de cinco años académicos, siempre que la evaluación haya sido satisfactoria y cuando se cuente con una promoción de graduados. Estableciéndose asimismo en el artículo 10, inciso h) Otorgar la certifi cación anual que corresponda a la evaluación permanente según el grado de desarrollo e implementación del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado; i) Autorizar o denegar el funcionamiento defi nitivo de las universidades evaluadas con autorización provisional de funcionamiento; y t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 83º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 100-2005- CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en adelante el Reglamento, “EL CONAFU otorgará la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a las universidades con autorización provisional que después del período mínimo de evaluación de cinco años o del periodo de prórroga concedido, que cuenten con una promoción de egresados y que hayan demostrado en sus procesos anuales de evaluación que han alcanzado un nivel de desarrollo Institucional satisfactorio de los parámetros programados en su PDI, conforme a las normas del presente Reglamento específi co; Que, por Resoluciones Nº 060-2001-CONAFU de fecha 16 de marzo del 2001, se otorga la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, con sede en la ciudad de Puerto Maldonado, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, para brindar los servicios de nivel universitario en las carreras profesionales de Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería Forestal y Medio Ambiente, con 80 vacantes semestrales cada una y Educación Secundaria con las especialidades de Ecoturismo; y Matemática y Computación, con 40 vacantes semestrales cada especialidad, organizada bajo el régimen de la Ley Universitaria Nº 23733 y sus normas complementarias y Conexas. Que, por Resolución Nº 112-2005-CONAFU del 11 de mayo del 2005 se suprime la especialidad de Ecoturismo de la Carrera Profesional de Educación, y se autoriza en vías de regularización el funcionamiento de la Carrera Profesional de Ecoturismo, a partir del Semestre 2001-II; Que, por Resolución Nº 002-2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009, se resuelve aprobar el Reglamento General para Conformar los Órganos de Gobierno de las Universidades Públicas Bajo Jurisdicción del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU; Que, por Resolución Nº 233-2009-CONAFU de fecha 23 de junio de 2009, se resuelve: 1) Designar al Comité Electoral Universitario para el Proceso Electoral de conformación de los Órganos de Gobierno de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, el mismo que estará integrado por los siguientes profesionales: Arnaldo Kiaman Chapilliquen, Gerardo Mendoza Delgadillo y Luis León Castillo, en calidad de Presidente, Secretario y Primer Vocal, respectivamente. 2) Designar como Veedor al Consejero Jorge Arturo Benites Robles para el referido Proceso Electoral Universitario. 3) Requerir a la Universidad cubrir con los gastos de los honorarios, viáticos y movilidad que sean irrogados por los miembros que conforman el Comité Electoral Universitario y del Veedor del referido Proceso Electoral de la referida Universidad; Que, por Resolución Nº 320-2009-CONAFU de fecha 01 de julio de 2009, se resuelve: 1) Designar e incorporar a los alumnos: a) Brenda Lizeth Jara Quiñones alumna de la Carrera Profesional de Ecoturismo. b) Gilmar Wolker Cabello Nuñez alumno de la Carrera Profesional de Educación – Matemática y Computación. y c) Elmer Manuel Huarhuachi Rojas alumno de la Carrera Profesional de Ecoturismo, para ocupar el cargo de Segundo Vocal en representación de los alumnos, Primer y Segundo Suplente del Segundo Vocal, respectivamente, del Comité Electoral Universitario para el Proceso Electoral de conformación de los Órganos de Gobierno de la Universidad Nacional Amazónica Madre de Dios; Que el artículo 28º de la Ley Universitaria Nº 23733 establece la conformación de la Asamblea Universitaria por: El Rector y el o los Vicerrectores, los Decanos de las Facultades y en su caso, el Director de la Escuela de Postgrado, los representantes de los profesores de las diversas Facultades, en un número igual al doble de la suma de las autoridades universitarias, la mitad de ellos deberán ser profesores principales. Debiendo el Estatuto universitario establecer la proporción de las otras categorías; Los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del número total de los integrantes de la asamblea y por representante de los graduados, en un número no mayor al de la mitad del número de lo decanos; Que el artículo 38º de la Ley Universitaria Nº 23733 establece que el Consejo de Facultad estará integrado por el Decano, quien la preside, por representantes de los profesores y de los estudiantes de la Facultad en la proporción de un tercio del total de miembros del Consejo de Facultad; y por un representante de los graduados en calidad de supernumerarios; Que, en el artículo 26º de la Resolución Nº 100- 2005-CONAFU se establece que en el quinto año de funcionamiento de la Universidad, la Comisión de Gobierno asume la denominación de Consejo Universitario, de acuerdo a lo dispuesto en su Estatuto”; Que, por Resolución Nº 547-2009-CONAFU de fecha 27 de octubre de 2009, se resuelve: 1) Establecer el número de integrantes que conformarán la Asamblea Universitaria y Consejo de Facultad que elegirán a los Rectores Vicerrectores y Decanos respectivamente, de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, quedando conformados de la siguiente manera: a) Asamblea Universitaria: 04 Decanos, 08 Docentes: 04 principales, 03 asociados y 01 auxiliar b) Consejo de Facultad: 07 Docentes: 04 principales, 02 asociados y 01 auxiliar, 04 estudiantes y 01 graduado; 2) Establecer que la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, pueda conformar la Asamblea Universitaria y el Consejo de Facultad con docentes que tengan la categoría inmediata inferior, en el caso de no contar con los docentes principales y/o asociados sufi cientes para conformar sus órganos de gobierno; Que, por Informe Nº 001-2009-PCE-UNAMAD, el señor Arnaldo Roque Kianman Chapilliquen, Presidente del Comité Electoral Universitario del Proceso Electoral de conformación de los Órganos de Gobierno de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, remite el informe de los resultados de las elecciones de las autoridades de la referida Universidad, remitiendo la lista de los ganadores y la conformación de las nuevas autoridades, quedando elegidos de la siguiente manera: Rector: Juan Huayllani Moscoso; Vicerrector Académico: Américo Quevedo Guevara; Vicerrector Administrativo: Sonia Pilar Yufra Cruz; y como Decanos encargados para la Carrera Profesional de Ingeniería: Emer Ronald Rosales Solórzano; Carrera Profesional de Educación: Telésforo Porcel Moscoso; Carrera Profesional de Ecoturismo: Carlos Teófi lo Aguilar Pérez; asimismo se informa a los ganadores; Que, conforme se puede apreciar del expediente administrativo, la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios cumple con los requerimientos establecidos en el artículo 83º del Reglamento; es decir, habiendo la Universidad obtenido la Autorización de Funcionamiento Provisional mediante la Resolución N° 037-2004-CONAFU el 19 de febrero de 2004 a la fecha la misma ha sido evaluada por un período superior a los cinco (05) años establecidos como mínimo por el inciso c) del artículo 2º de la Ley N° 26439 - Ley de Creación del CONAFU, para efectos de obtener la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento; han cumplido con las cinco evaluaciones realizadas con la fi nalidad de evaluar su grado de desarrollo han concluido con las Certifi caciones correspondientes al I y II – IDAE ; y la expediciones de las Resoluciones Nº, Nº 283-2007-CONAFU, Nº 160-2008-CONAFU, Nº 226-2008-CONAFU, que le otorgan las certifi cación de Satisfactorio del III; IV y V - IDAE; Que, en sesión de fecha 23 de noviembre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 515-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Otorgar la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios; bajo la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modifi catorias y complementarias;