Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

con sede en la MORDAZA de Puerto MORDAZA, Provincia de Tambopata, Departamento de MORDAZA de MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1) Facultad de Ingenieria con la Escuela Profesional de: a) Ingenieria Agroindustrial, b) Ingenieria Forestal y Medio Ambiente, 2) Facultad de Educacion con la Escuela Profesional de Educacion y 3) Facultad de Ecoturismo con la Escuela Profesional de Ecoturismo; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de Dios; bajo la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modificatorias y complementarias; con sede en la MORDAZA de Puerto MORDAZA, Provincia de Tambopata, Departamento de MORDAZA de MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1) Facultad de Ingenieria con la Escuela Profesional de: a) Ingenieria Agroindustrial, b) Ingenieria Forestal y Medio Ambiente, 2) Facultad de Educacion con la Escuela Profesional de Educacion y 3) Facultad de Ecoturismo con la Escuela Profesional de Ecoturismo. Articulo Segungo.- DISPONER que la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, funcione con sus autoridades designadas de acuerdo a sus normas estatutarias; haciendo pleno uso de la autonomia universitaria que le otorga la Constitucion Politica del Estado y las de mas normas que resulten aplicables. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 434902-2

Otorgan autorizacion definitiva de funcionamiento a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 628-2009-CONAFU MORDAZA, 27 de noviembre de 2009 "Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de Apurimac" VISTOS: La Ley Nº 27348 del 26 de setiembre de 2000, la Resoluciones Nº 110-2002-CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2002, la Resolucion Nº 047-2009CONAFU de fecha 26 de enero de 2009, la Resoluciones Nº 299-2009-CONAFU de fecha 06 de MORDAZA de 2009, la Resoluciones Nº 067-2008-CONAFU de fecha 03 de marzo de 2008, la Resolucion Nº 119-2008-CONAFU de fecha 15 de MORDAZA de 2009, la Resolucion Nº 144-2008CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2008, la Resolucion Nº 409-2008-CONAFU de fecha 15 de octubre de 2009, la Resolucion Nº 018-2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009 y el Acuerdo Nº 515-2009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de

Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribuciones, entre otras, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento, provisional o definitivo, de las nuevas universidades a nivel nacional; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional o definitivo; otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882; todo ello, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, por Ley Nº 27348 del 26 de setiembre de 2000, se crea la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Abancay, Capital y Departamento de MORDAZA, para prestar servicios educativos de nivel universitario a traves de las carreras profesionales de Ingenieria Agroindustrial, Ingenieria de Minas Administracion de Empresas y Educacion; Que, mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU, del 13 de MORDAZA de 2006, Estatuto del CONAFU, se resuelve en su articulo Segundo: "El CONAFU se rige por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modificatorias y complementarias; la Ley Nº 26439 sus modificatorias y sus complementarias; Decreto Legislativo Nº 882 sus ampliatorias, modificatorias, complementarias y su Reglamento; el presente Estatuto y sus Reglamentos especificos"; Que, en el articulo 3º, del Estatuto del CONAFU, "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: b) Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion definitiva de funcionamiento se concedera despues de la evaluacion minima de cinco anos academicos, siempre que la evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y cuando cuente con una promocion de graduados. Estableciendose asimismo en el articulo 10, inciso h) Otorgar la certificacion anual que corresponda a la evaluacion permanente segun el grado de desarrollo e implementacion del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado; i) Autorizar o denegar el funcionamiento definitivo de las universidades evaluadas con autorizacion provisional de funcionamiento; y t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 83º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en adelante el Reglamento, "EL CONAFU otorgara la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento a las universidades con autorizacion provisional que despues del periodo minimo de evaluacion de cinco anos o del periodo de prorroga concedido, que cuenten con una promocion de egresados y que hayan demostrado en sus procesos anuales de evaluacion que han alcanzado un nivel de desarrollo Institucional satisfactorio de los parametros programados en su PDI, conforme a las normas del presente Reglamento especifico; Que, por Resolucion Nº 110-2002-CONAFU de fecha 25 de MORDAZA de 2002, se otorga la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con sede central en la MORDAZA de Abancay, y una sub - sede en la MORDAZA de Andahuaylas, Departamento de MORDAZA, para brindar los servicios de nivel universitario en la MORDAZA de Abancay en las carreras profesionales de Ingenieria Agroindustrial con 50 vacantes por ciclo academico, Ingenieria de Minas con 40 vacantes por ciclo academico, Administracion de Empresas con 50 vacantes por ciclo academico, Educacion Secundaria con las especialidades de Matematica e Informatica y Educacion Fisica y Danzas cada una con 50 vacantes por ciclo academico; en la cuidad de Andahuaylas en las carreras profesionales de Ingenieria Agroindustrial y Administracion de Empresas cada una con 50 vacantes por ciclo academico; organizada bajo el regimen de la Ley Universitaria Nº 23733 y sus normas complementarias y Conexas, y la Ley de CONAFU el que incluye el compromiso institucional para el cumplimiento de metas senaladas en el Proyecto;

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