Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministros de computo en la MORDAZA Registral N° V Sede MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 425 -2009-SUNARP/SN MORDAZA, 15 de diciembre de 2009 VISTOS el Oficio N° 1151-2009-Z.R Nº V/JEF; el Informe Legal N° 415-2009-Z.R. N° V/OL; el Informe N° 335-2009-U.E.004:ST7GAF/ABAST (Informe Tecnico); el Informe N° 91 -2009-ZR V-ST/JPD; el Informe N° 4152009-Z.R. N° V/GAF; y, el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado, estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen, entre otros supuestos, en situacion de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la referida legislacion. Que, segun lo dispuesto en el articulo 22 de la citada Ley de Contrataciones del Estado, se considera desabastecimiento aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible, en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo; siendo que, conforme a lo establecido en el articulo 21 de la MORDAZA citada, la exoneracion debe ser aprobada mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que, mediante el Oficio N° 1151-2009-Z.R Nº V/ JEF el Jefe de la MORDAZA Registral N° V ­ Sede MORDAZA, sustentandose en los siguientes informes: Informe Legal N° 415-2009-Z.R. N° V/OL; el Informe N° 335-2009U.E.004:ST7GAF/ABAST (Informe Tecnico); el Informe N° 91 -2009-ZR V-ST/JPD; el Informe N° 415-2009-Z.R. N° V/GAF, solicita que se declare en desabastecimiento inminente la contratacion de suministros de computo (toners para impresoras) por el periodo de 30 dias y por el monto de S/. 26,204.00 nuevos soles; Que, de acuerdo a lo sustentado en los referidos informes existe una situacion de inminente desabastecimiento de insumos de computo (toners para impresoras) debido a la impugnacion a la buena pro otorgada en el MORDAZA de Seleccion ADP N° 001-2009-ZR-V-ST convocada para la adquisicion de toners; Que, para la operatividad de las diversas oficinas registrales de la MORDAZA Registral N° V ­ Sede MORDAZA, asi como para el otorgamiento de publicidad registral, se requiere la impresion de partidas registrales, es sumamente importante que las impresoras cuenten con los respectivos toners para su funcionamiento, a fin de no comprometer en forma directa la continuidad de los servicios registrales que se brindan en dicha MORDAZA Registral; Que, en consecuencia, se ha acreditado los presupuestos facticos y normativos previstos en la legislacion sobre contrataciones publicas, por lo que procede aprobar la exoneracion solicitada, por la causal de desabastecimiento inminente del servicio de adquisicion de suministros de computo (toners para impresoras) en la MORDAZA Registral Nº V-Sede MORDAZA, resultando en consecuencia procedente autorizar la contratacion del citado servicio mediante acciones inmediatas y directas, en los terminos requeridos; Que, de acuerdo con lo informado por el Jefe de Presupuesto de la MORDAZA Registral N° V ­ Sede MORDAZA,

a traves del Memorandum N°91-2009-ZR-V-ST/JPD, de fecha 4 de diciembre de 2009, para la adquisicion de suministros de computo para la MORDAZA Registral N° V ­ Sede MORDAZA, por un valor referencial de S/. 26,204.00 nuevos soles, se cuenta en la especifica 2.3.1.5.1.1 Repuestos y Accesorios con S/. 78,877.94 nuevos soles; Que, segun el articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado, ante la presencia de un supuesto de inminente desabastecimiento, debe determinarse, de ser el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiera originado la configuracion de tal causal de exoneracion. Que, el uso de una facultad administrativa, ejecutada al MORDAZA de una MORDAZA de excepcion (exoneracion, en este caso), resulta legitima en la medida que el ejercicio de dicha facultad se encuentre limitada a lo estrictamente necesario. En tal contexto, estando a lo previsto en el articulo 22 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con lo previsto en el articulo 129 del Reglamento de la cita ley, la existencia de la causal de exoneracion unicamente faculta a la Entidad a la contratacion del servicio requerido "por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda" (sic). Estando a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de suministros de computo (toners para impresoras) en la MORDAZA Registral Nº V-Sede Trujillo. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion de suministros de computo (toners para impresoras), hasta por el monto de S/. 26 204.00 nuevos soles, por el periodo de 30 dias. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral N° V, Sede MORDAZA, para contratar la adquisicion suministros de computo (toners para impresoras), mediante acciones directas e inmediatas. Articulo Cuarto.- Disponer que el Organo de Control Institucional de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, inicie la accion de control pertinente con la finalidad de determinar las responsabilidades a que hubiera lugar por los hechos que motivan la presente exoneracion, debiendo dicho organo dar cuenta a esta Sede Central y a la Jefatura Zonal sobre el resultado de dicha accion de control Articulo Quinto.- Disponer que: 1) la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Organo de Control Institucional de la Sede Central de la SUNARP, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias habiles a su notificacion; 2) la Secretaria General notifique la presente Resolucion a la MORDAZA Registral Nº V-Sede MORDAZA, para que dentro del plazo de diez dias habiles a su notificacion publique en el SEACE e incluya el MORDAZA exonerado en el respectivo Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la MORDAZA Registral. Registrese, comuniquese y publiquese en el SEACE y el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 436038-1

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