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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408029 Que, por Resolución Nº 047-2009-CONAFU de fecha 26 de enero de 2009 se resuelve: I) Aprobar la adecuación de las carreras Profesionales al Régimen de Facultades, según el siguiente Detalle: 1. Facultad de Administración y Educación: con las siguientes escuelas profesionales: escuela académico profesional de Administración de Empresas; y la escuela académico profesional de Educación con las especialidades de Física y Danzas, y Matemática e Informática; 2. Facultad de Ingeniería, con las siguientes escuelas profesionales: escuela académico profesional de Ingeniería Informática y Sistemas, escuela académico profesional de Ingeniería Agroindustrial, Escuela académico profesional de Ingeniería de Minas; 3. Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, con la escuela académico profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia. II) Aprobar los Departamentos Académicos, según el siguiente detalle: 1. Departamento Académico de Humanidades, adscrito a la Facultad de Administración y Educación; 2. Departamento Académico de Ciencias Básicas, adscrito a la Facultad de Ingeniería; 3. Departamento Académico de Ingeniería, adscrito a la Facultad de Ingeniería; 4. Departamento Académico de Medicina Veterinaria y Zootecnia, adscrito a la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia III) Aprobar la Relación de Asignaturas y Docentes por Departamento Académico de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; Que, por Resoluciones Nº 299-2009-CONAFU de fecha 06 de julio de 2009, se resuelve aprobar la separación de la Carrera Profesional de Administración y la Carrera Profesional de Educación de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac al Régimen de Facultades y Departamentos Académicos, la misma que quedaría modificada según el siguiente detalle: a.- Facultad de Administración, con la Escuela Académico Profesional de Administración de Empresas y contando con el Departamento Académico de Administración; b.- Facultad de Educación, con la Escuela Académico Profesional de Educación, la que contaría con las especialidades de Física y Danzas, y Matemática e Informática, contando con el Departamento Académico de Humanidades; c.- Algunos cursos de la primigenia Facultad de Administración y Educación se incorporarán en el Departamento de Ciencias Básicas; Que, conforme se puede apreciar del expediente administrativo de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, con sede central en la ciudad de Abancay, y una sub - sede en la ciudad de Andahuaylas, Departamento de Apurímac; cumple con los requerimientos establecidos en el artículo 83º del Reglamento; habiendo la Universidad obtenido la Autorización de Funcionamiento Provisional mediante la Resolución Nº 110-2002-CONAFU de fecha 25 de abril de 2002, la misma ha sido evaluada por un período superior a los cinco (05) años establecidos como mínimo por el inciso c) del artículo 2º de la Ley N° 26439 - Ley de Creación del CONAFU, para efectos de obtener la Autorización Definitiva de Funcionamiento; de igual forma han cumplido con las cinco evaluaciones las que fueron realizadas con la finalidad de evaluar su grado de desarrollo, igualmente han concluido con las expediciones de las Resoluciones Nº 067-2008- CONAFU de fecha 03 de marzo de 2008, la Resolución Nº 119-2008-CONAFU de fecha 15 de abril de 2009, la Resolución Nº 144-2008-CONAFU de fecha 25 de abril de 2008, la Resolución Nº 409-2008-CONAFU de fecha 15 de octubre de 2009 y la Resolución Nº 018- 2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009, que otorgan las certificación de Satisfactorio del I; II; III; IV y V - IDAE; Que, en sesión de fecha 23 de noviembre de de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 515-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: I) Otorgar la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; bajo la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modifi catorias y complementarias; con sede central en la ciudad de Abancay, y una sub - sede en la ciudad de Andahuaylas, Departamento de Apurímac, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1.- Administración con las siguientes escuelas profesionales: escuela académico profesional de Administración de Empresas; 2.- Facultad de Educación con la Escuela Académico Profesional de Educación; 3.- Facultad de Ingeniería con las siguientes escuelas profesionales: a) Ingeniería Informática y Sistemas, b) Ingeniería Agroindustrial, c) Ingeniería de Minas; 4.- Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, con la escuela académico profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; bajo la Ley Nº 23733 y sus ampliatorias, modifi catorias y complementarias; con sede central en la ciudad de Abancay, y una sub - sede en la ciudad de Andahuaylas, Departamento de Apurímac, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1.- Administración con las siguientes escuelas profesionales: escuela académico profesional de Administración de Empresas; 2.- Facultad de Educación con la Escuela Académico Profesional de Educación; 3.- Facultad de Ingeniería con las siguientes escuelas profesionales: a) Ingeniería Informática y Sistemas, b) Ingeniería Agroindustrial, c) Ingeniería de Minas; 4.- Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, con la escuela académico profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia. Artículo Segungo.- DISPONER que la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac funcione con sus autoridades designadas de acuerdo a sus normas estatutarias; haciendo pleno uso de la autonomía universitaria que le otorga la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733 y las demás normas que resulten aplicables. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 434902-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Continental la apertura, traslado y cierre de oficinas en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 15337-2009 Lima, 7 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura, traslado y el cierre de ofi cinas, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi can la apertura, traslado y cierre de las referidas ofi cinas;