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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de enero de 2009 387692 el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 296488-15 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en la Provincia Constitucional del Callao y en el departamento de Ica JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 227-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 24 de diciembre de 2008 Visto el Expediente Nº 203-2008/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 4 992,79 m², ubicado entre el Asentamiento Humano Mariano Ignacio Prado y el denominado Pozo Nº 2 a la margen derecha y parte del río Chillón, Zona Arqueológica Huaca Culebras y Pampa de los Perros, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 4 992,79 m², ubicado entre el Asentamiento Humano Mariano Ignacio Prado y el denominado Pozo Nº 2 a la margen derecha y parte del río Chillón, Zona Arqueológica Huaca Culebras y Pampa de los Perros, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de mayo de 2008, se verifi có que el citado terreno presenta un relieve topográfi co plano de forma irregular con suelo gravoso de origen aluvial; Que, mediante Certifi cado Catastral de fecha 14 de agosto de 2008, sobre la base del Informe Técnico Nº 6411-2008-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 07 de agosto del 2008, la Ofi cina Callao de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, informa que el terreno en consulta se halla gráfi camente ubicado en ámbito donde no se visualiza información gráfi ca de plano con antecedente registral; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 4 992,79 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0474-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 01 de diciembre de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 4 992,79 m², ubicado entre el Asentamiento Humano Mariano Ignacio Prado y el denominado Pozo Nº 2 a la margen derecha y parte del río Chillón, Zona Arqueológica Huaca Culebras y Pampa de los Perros, distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 296351-3 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 228-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 24 de diciembre de 2008 Visto el Expediente Nº 192-2008/SBN-JAR, correspondiente al trámite de la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 59,34 m², ubicado sobre el Cerro Ocucaje, a la altura del kilómetro 333 de la carretera Panamericana Sur, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de naturaleza eriaza de 59,34 m², ubicado sobre el Cerro Ocucaje, a la altura del kilómetro 333 de la carretera Panamericana Sur, distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral;