Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2009 (05/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de enero de 2009

PROYECTO

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PERIODO DE PREPARACION: En este periodo se deberan realizar las siguientes actividades: Actividad 1: Adecuaciones, implementacion y pruebas internas a. Las empresas concesionarias del servicio publico movil realizaran las adecuaciones, implementaciones y pruebas necesarias en sus redes a fin de dar cumplimiento a la presente norma. Las pruebas son de exclusiva responsabilidad de cada empresa concesionaria. b. Las adecuaciones, implementacion y pruebas internas se inician el 1 de junio de 2009 y concluyen el 31 de agosto de 2009. Actividad 2: Pruebas externas a. Las pruebas externas entre las empresas concesionarias del servicio publico movil se refieren al establecimiento de las comunicaciones, en las cuales interviene mas de un concesionario. b. Dichas pruebas deberan garantizar entre otros aspectos, los siguientes: El correcto enrutamiento de las comunicaciones hacia las redes destino. El correcto envio de los numeros A y B para las comunicaciones. El correcto funcionamiento de los sistemas de tasacion y facturacion. El correcto funcionamiento de las grabaciones de informacion al publico. c. Las empresas concesionarias del servicio publico movil elaboraran de comun acuerdo su cronograma de pruebas externas y lo ejecutaran, dentro de los plazos previstos para dicha actividad. d. Las pruebas externas se inician a partir del 1 de setiembre de 2009 y concluyen el 02 de octubre de 2009. e. En el caso de pruebas fallidas, las empresas concesionarias involucradas deberan solucionar en el mas breve plazo los problemas detectados a fin de reiniciar y culminar las pruebas previstas, bajo responsabilidad. Actividad 3: Plan de Informacion al Publico El objetivo del Plan de Informacion al Publico es orientar a los usuarios y al publico en general, respecto al MORDAZA procedimiento de marcacion que se establece en virtud de la presente resolucion a fin de minimizar los riesgos de confusion. Este plan se iniciara el 1 de setiembre de 2009 y considera las siguientes actividades: Por el Estado: a. El MTC emitira notas de prensa, publicara comunicados y concedera entrevistas, en medios de comunicacion a nivel nacional. b. El MTC a traves de las oficinas especializadas de la Union Internacional de Telecomunicaciones UIT, difundira la entrada en vigencia de la presente Resolucion. c. El MTC a traves de su central telefonica brindara informacion y orientacion al publico en general. d. El MTC y el OSIPTEL difundiran en sus respectivas paginas web, informacion destinada a orientar al publico sobre los alcances de la presente Resolucion. Por las empresas concesionarias del servicio publico movil: a. Realizaran campanas de informacion masiva a los usuarios a nivel nacional, a traves de la radio y la television, para lo cual presentaran previamente a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del MTC, el texto de la informacion que se brindara a los usuarios y la frecuencia de difusion, para su conformidad.

b. Para los casos de marcacion erronea, elaboraran grabaciones telefonicas que contengan informacion MORDAZA, precisa y breve, a fin de orientar a los usuarios y reducir los errores en la marcacion. Los anuncios indicaran al usuario el modo de marcacion y la informacion general necesaria para orientar este proceso. Para dicho efecto, los operadores remitiran con suficiente antelacion, sus propuestas de grabaciones a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones para su conformidad, a fin de uniformizar la informacion que se brindara a los usuarios. c. Enviaran mensajes de texto a sus usuarios remitiendo informacion necesaria para orientar este proceso. d. Anexaran a sus facturas informacion que puede servir de orientacion a los usuarios, segun lo dispuesto en la presente Resolucion. e. Publicaran en sus respectivas paginas web, un banner conteniendo informacion y el procedimiento de marcacion establecido en la presente norma. PERIODO DE ESTABLECIMIENTO · Es el periodo a partir del cual unicamente se permitiran las marcaciones establecidas en el literal a.3 del numeral 1 del Anexo del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion. Este periodo se inicia el 3 de octubre de 2009. Durante este periodo se continuara con el Plan de Informacion al Publico a fin de minimizar el impacto a los usuarios, debiendo ejecutarse las siguientes actividades:

· ·

Por el Estado: El MTC continuara con la emision de notas de prensa, publicacion de comunicados y concedera entrevistas en medios de comunicacion a nivel nacional hasta el 3 de noviembre 2009. El MTC a traves de un Call Center brindara informacion y orientacion al publico en general hasta el 3 de noviembre de 2009. El MTC y el OSIPTEL continuaran con la publicacion en sus respectivas paginas web, de la informacion pertinente contenida en la presente Resolucion. Por las empresas concesionarias del servicio publico movil: Continuaran con las campanas de informacion masiva a los usuarios a nivel nacional, a traves de la radio y la television, por un periodo minimo de diez (10) dias continuos posteriores a la entrada en vigencia del MORDAZA procedimiento de marcacion que se establece en virtud de la presente resolucion. Continuaran con el envio de mensajes de texto, a sus usuarios por un periodo minimo de quince (15) dias continuos posteriores a la entrada en vigencia del MORDAZA procedimiento de marcacion que se establece en virtud de la presente resolucion. Emitiran grabaciones telefonicas para los casos de marcacion erronea, a fin de informar y orientar a los usuarios respecto al MORDAZA procedimiento de marcacion, por un periodo minimo que se inicia el 03 de octubre de 2009 y culmina el 03 de noviembre de 2009. Continuaran anexando a sus facturas informacion pertinente, segun lo dispuesto en la presente Resolucion, hasta el 03 de noviembre de 2009. Continuaran con la publicacion en sus respectivas paginas web, del banner que contiene la informacion y el procedimiento de marcacion hasta el 03 de noviembre de 2009. Exposicion de motivos I. Antecedentes El articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que es funcion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otras, fijar la

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