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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388798 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan el viaje de funcionario de OSIPTEL a Brasil para participar en evento “IPTV World Forum Latin America” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2009-PCM Lima, 16 de enero de 2009 Vista la Carta Núm. 753-PD.RI/2008 del Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que la Productora de Informa Telecoms & Media ha invitado al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL con la fi nalidad que participe como ponente en la Conferencia “IPTV World Forum Latin America”, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 27 al 28 de enero de 2009; Que el OSIPTEL ha seleccionado a su Coordinador de Investigación Tecnológica, para que en representación de dicho organismo, participe en el citado evento, debido a que en él se discutirá la necesidad de desregular el servicio de televisión que utiliza el protocolo IP (protocolo de internet); Que los gastos de pasaje aéreo y hospedaje por un día serán cubiertos por la entidad organizadora, encontrándose los gastos restantes de viáticos y la tarifa única por uso de aeropuerto a cargo del presupuesto del OSIPTEL; De conformidad con lo establecido por la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM; y la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2009; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Luis Alejandro Pacheco Zevallos, Coordinador de Investigación Tecnológica del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 26 al 29 de enero de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 500,00 Tasa Única por Uso de Aeropuerto : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 302220-6 Disponen inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar - MAMRHA” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 004-2009-PCM/SD Lima, 13 de enero de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 003-2008-MAMRHA-A, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 70-2008-MDCC de la Municipalidad Distrital de Ccapi, Acuerdo de Concejo Nº 044-2008-MDH de la Municipalidad Distrital de Huanoquite, Acuerdo de Concejo Nº 185-2008-MDP de la Municipalidad Distrital de Paccaritambo, Acuerdo de Concejo Nº 14- 2008-MDY de la Municipalidad Distrital de Yaurisque, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA” y el Informe Nº 005- 2009 – PCM/SD-OGI-MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Ccapi, Huanoquite, Paccaritambo y Yaurisque, en la Provincia de Paruro, en el Departamento de Cusco; solicitan la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre diagnóstico, composición y gestores, población, ubicación y extensión; aspecto agrario, de salud y educación; vías de comunicación; utilidad para el desarrollo territorial, en gestiones fi nancieras, servicios públicos y calidad de vida, competitividad y ejecución de proyectos; utilidad para el desarrollo institucional de las municipalidades, en tecnología, instrumentos de gestión, asistencia técnica y capacidades; y, propuesta de estructura; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Ccapi, Huanoquite, Paccaritambo y Yaurisque, aprueban la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como objetivos de la misma los siguientes: a) Promocionar y ejecutar proyectos que por su monto de inversión y magnitud de operación superen el ámbito jurisdiccional y las posibilidades particulares de cada gobierno local; b) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos, principalmente entre las municipalidades de la mancomunidad; c) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen el desarrollo económico productivo, social y cultural; d) Difundir y desarrollar el fortalecimiento de capacidades, la efi ciencia en la gestión y la complementariedad entre las