Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2009 (17/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388799 municipalidades rurales asociadas; e) Generar un espacio de representación y vinculación de las municipalidades asociadas con el fi n de establecer alianzas estratégicas, para el desarrollo; f) Promover la participación con el fi n de construir dentro de sus poblaciones, una ciudadanía activa que mejore la gobernabilidad y genere la necesaria corresponsabilidad entre las Municipalidades y la Sociedad Civil, de coordinar y apoyar los procesos de desarrollo local y regional de sus asociados, comprendiendo experiencias exitosas y metodologías apropiadas; g) Promover la participación de la ciudadanía para la propuesta y la gestión del desarrollo, así como el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base de la región; y, h) Construir mecanismos de herramienta y de cooperación con instituciones del país o del exterior que cuentan con objetivos similares a los de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”; así como con las instituciones públicas y privadas que promuevan el desarrollo y la participación; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 005- 2009 – PCM/SD- OGI-MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”; integrada por las Municipalidades Distritales de Ccapi, Huanoquite, Paccaritambo y Yaurisque, en la Provincia de Paruro, en el Departamento de Cusco. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, como sigue: - Presidente: Wilberth Villacorta Villacorta, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccaritambo. - Secretario: Tomás Quispe Antitupa, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanoquite. - Tesorero: Juan De Dios Ramos Pariguana, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Yaurisque. - Fiscal: Ricardo Huarcaya Pumahualcca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccapi. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Hermanos Ayar”-”MAMRHA”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL MOLINA MARTÍNEZ Secretario de Descentralización 301685-1 AGRICULTURA Designan Jefe de la Autoridad Nacional del Agua - ANA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2009-AG Lima, 16 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, norma que crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA, como organismo público responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2008-AG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, el cual establece que la Jefatura de ese Organismo Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Agricultura, es ejercida por el