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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388863 EJECUTOR COACTIVO Y JEFE DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN COACTIVA, por el período comprendido del 3 de enero al 2 de abril del 2009, con retención de su cargo de Auxiliar Coactivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Administración Tributaria efectuará las acciones administrativas correspondientes a fi n de que ofi cie al Banco de la Nación, Banco Central de Reserva, Entidades Bancarias y Financieras de Lima, Superintendencia de Registros Públicos, Prefectura de Lima, Ministerio Público, Poder Judicial, Comisaría de Lince y demás Entidades que correspondan, la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración y Finanzas, y la Unidad de Recursos Humanos, y la Ofi cina de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 301730-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían alcances de las disposiciones complementarias, finales y transitorias de la Ordenanza Nº 063-CDLCH ORDENANZA N° 123-MDLCH Chosica, 19 de diciembre de 2008. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El proyecto de ordenanza presentado por la Comisión de Orden Comercial, Tránsito y Transporte del Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 063-CDLCH se aprueba la Ordenanza que Regula el Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores dentro de la Jurisdicción Distrital de Lurigancho –Chosica; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 81º inciso 3), numeral 3.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades, son. Funciones específi cas compartidas de las municipalidades distritales el otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; De conformidad a los dispuesto a los artículos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y de aprobación del acta; aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LOS ALCANCES DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS DE LA ORDENANZA N° 063- CDLCH. Artículo 1.- Ampliar los alcances de la Novena Disposición Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza N° 063-CDLCH por un período de 10 días hábiles, a fi n de que las personas jurídicas que tengan solicitudes administrativas observadas, puedan regularizar y formalizar su situación. Artículo 2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 301174-1 Amplian vigencia de la Ordenanza N° 119-MDLCH DECRETO DE ALCALDIA N° 023-08/MDLCH Chosica, 31 de diciembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 119- MDLCH publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de noviembre de 2008, se concede un régimen de incentivos tributarios, administrativos y de sanciones a favor de los contribuyentes y administrados del Distrito de Lurigancho – Chosica, con vigencia hasta el 15 de diciembre de 2008; facultándose a la Alcaldía la ampliación del término de vigencia; Estando a lo expuesto y de conformidad con la facultad prevista por la Primera Disposición Final de la Ordenanza antes citada, concordante con el Artículo 20 numeral 6 de La ley Orgánica de Municipalidades 27972; DECRETA: Primero.- Ampliar hasta el 31 de enero de 2009, la vigencia de la Ordenanza Nº 119-MDLCH. Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 301175-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban ejecución de la ceremonia del Primer Matrimonio Civil Masivo del año 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001 San Juan de Lurigancho, 9 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe N° 001-09-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 05/01/2009 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 001-09-SG-RRCC/MDSJL de fecha 05.01.2009, la Sub Gerencia de Registro Civil señala que de acuerdo al Plan Operativo 2009 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el Primer Matrimonio Civil Masivo del año 2009, el día 14 de febrero, a las 11.00 horas, en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha;