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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388851 convocada para el 21 de enero de 2009 en la ciudad de San José, Costa Rica, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el Caso CDH Nº 12.357 de la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Contraloría General de la República, considera relevante que un representante de este Organismo Superior de Control forme parte de la delegación del Estado peruano en la Audiencia, así como en la reunión preliminar a sostenerse con la Presidenta de la referida Corte el día 20 de enero de 2009; Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Reglamento y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 070- 2007-CG, la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, en ejercicio de la defensa judicial de los procesos en los que actúe la institución ante las instancias jurisdiccionales, se encuentra a cargo del proceso de ejecución de sentencia de la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Contraloría General de la República, que se sigue ante el 66º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, proceso que se encuentra vinculado a Caso CDH Nº 12.357 seguido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, en la Hoja de Recomendación de Vistos se señala que el abogado Héctor Hildeck Maldonado Montalvo, Procurador Adjunto de la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República, ha venido participando en las reuniones efectuadas con el Ministerio de Justicia, sobre el Caso CDH Nº 12.357; por lo que, resulta pertinente autorizar la asistencia del citado profesional a las diligencias a llevarse a cabo en la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, los gastos que se derivan de la presente comisión de servicios en el exterior serán asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestal de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado en los Memorandos Nos 00014 y 00028-2009-CG/GG de la Gerencia General; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 467- 2008-CG se delegó en la Vicecontralora General de la República, entre otras, la facultad de autorizar viajes al exterior del personal de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atribuciones conferidas por los artículos 32° y 33º de Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución de Contraloría Nº 467-2008-CG; SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del abogado Héctor Hildeck Maldonado Montalvo, Procurador Adjunto de la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República, a la ciudad de San José de la República de Costa Rica, del 19 al 22 de enero de 2009, para los fi nes expuestos en parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 019: Contraloría General, según el detalle siguiente: - Pasajes aéreos US$ 614,19 - Viáticos (Dos días más un día de instalación) US$ 600,00 - Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Tercero.- El citado profesional presentará a la Alta Dirección un informe sobre los resultados de las actividades materia de la presente Resolución y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República 301326-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Modifican artículos del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 031-2009-JNAC/RENIEC Lima, 15 de Enero de 2009. VISTOS: El Ofi cio Nº 000096-2009/GPP/RENIEC, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 000020-2009/SGPR/GPP/RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Planifi cación y Racionalización y, el Informe Nº 000064-2009/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 176º, 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 894-2008- JNAC/RENIEC, de fecha 30 de diciembre de 2008, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC; Que, mediante Ley N° 29312, publicada el 07 de enero de 2009, se regula el procedimiento de reposición de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción destruidas o desaparecidas por negligencia, hechos fortuitos o actos delictivos; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, publicado 26 de julio de 2006, se establecieron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades del Estado, estableciéndose en su segunda disposición complementaria la adecuación obligatoria y progresiva de las diversas entidades del Estado a lo dispuesto en dicha normativa; Que, conforme a lo establecido en el artículo 34º del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y sus modifi caciones, en el caso del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC serán aprobados por Resolución del Titular de la entidad; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car las funciones de los Art. 85º y 86º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, correspondientes a la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles y la Sub Gerencia de Gestión Técnica