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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de enero de 2009 389063 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión a Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2009-MEM/DM Lima, 16 de enero de 2009 VISTO: El Expediente Nº 18162108, organizado por Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1792554, de fecha 19 de junio de 2008, ha solicitado concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica Santa Cruz I, con una potencia instalada de 5 900 kW, ubicada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente, utilizando los recursos hídricos del río Blanco; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 276-2008-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 66º de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 18162108, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Santa Cruz I, a partir de su puesta en operación comercial en junio de 2009, con una potencia instalada de 5900 kW, ubicada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 324-2008 a suscribirse con Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., que consta de 19 Cláusulas y 4 Anexos. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 324-2008, referido en el artículo 2º de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Viceministro de Hacienda Dirección Nacional del Tesoro Público “DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ” “AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA” COMUNICADO OFICIAL Nº 001-2009-EF/77.15 A LAS UNIDADES EJECUTORAS CENTRALES DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNO REGIONAL Se hace de conocimiento de los Directores Generales de Administración, o quienes hagan sus veces, de las Unidades Ejecutoras Centrales de los pliegos presupuestarios, que la suscripción, por parte de la Dirección Nacional del Tesoro Público (DNTP), del Acta de Conciliación de las Cuentas de Enlace del Año Fiscal 20081, se efectuará a mas tardar en la fechas establecidas en el cronograma que se encuentra en la pagina web del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe/DNTP/comunicados/, para cuyo efecto deberán remitir a la DNTP la mencionada Acta, fi rmada por el Director General de Administración, o por quien haga sus veces, el Tesorero y el Contador de la indicada Unidad Ejecutora, con la debida oportunidad, teniendo en cuenta las fechas límites del citado cronograma. DIRECCIÓN NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO 1 Artículo 80º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 303933-1