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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (13/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390783 siguientes del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio fi scal 2009; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2009 Artículo Primero: VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Establecer las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial de acuerdo a la alternativa siguiente: PAGO AL CONTADO : 31 DE MARZO PAGO FRACCIONADO PRIMERA CUOTA : 31 DE MARZO SEGUNDA CUOTA : 29 DE MAYO TERCERA CUOTA : 31 DE AGOSTO CUARTA CUOTA : 30 DE NOVIEMBRE Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo Segundo: VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al año 2009 tiene el cronograma siguiente: Enero : 31 DE MARZO Febrero : 31 DE MARZO Marzo : 31 DE MARZO Abril : 30 DE ABRIL Mayo : 29 DE MAYO Junio : 30 DE JUNIO Julio : 31 DE JULIO Agosto : 31 DE AGOSTO Septiembre : 30 DE SEPTIEMBRE Octubre : 30 DE OCTUBRE Noviembre : 30 DE NOVIEMBRE Diciembre : 31 DE DICIEMBRE Artículo Cuarto: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 312546-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican D.A. Nº 030 en lo referente a la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002 San Juan de Lurigancho, 9 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 030 de fecha 27/10/2008 se estableció a los miembros integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008; Que, como miembro integrante de la indicada Comisión se designó, entre otros, al entonces Sub Gerente de Control, Operaciones y Sanciones, Dr. Gari Peralta Carrión, a quien mediante Resolución de Alcaldía Nº 236 de fecha 07/11/2008 se dio por concluida su designación en el indicado cargo, nombrándose en su lugar al Lic. Javier Pérez Valderrama, según Resolución de Alcaldía Nº 246 de fecha 14/11/2008; Que, en virtud a lo anteriormente expuesto se hace necesario dictar el acto administrativo pertinente que permita actualizar la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Art. 20, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el Decreto de Alcaldía Nº 030 de fecha 27/10/2008 que estableció a los miembros integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008, incluyéndose en la misma al Lic. Javier Pérez Valderrama, Sub Gerente de Control, Operaciones y Sanciones, en sustitución del Dr. Gari Peralta Carrión, ex Sub Gerente de la indicada área. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 312621-1 Aprueban “Directiva para la Adminis- tración del Fondo Fijo para Caja Chica y Caja Periférica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 San Juan de Lurigancho, 19 de enero del 2009