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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (13/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390785 regulado por la Ordenanza No. 002-97 con motivo de realizar una feria escolar en dicha zona por el plazo de 45 días calendario. Artículo 2º.- La presente Ordenanza empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 312123-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican el D.A. Nº 04-2008-MSS, que regula el procedimiento de acceso a la información pública DECRETO Nº 01-2009-MSS Santiago de Surco, 6 de febrero de 2009 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 09-2009-SG-MSS, presentado por el Dr. Pedro Carlos Montoya Romero Secretario General de la Municipalidad de Santiago de Surco, quien propone la modifi cación del Decreto de Alcaldía Nº04-2008-MSS, que regula el procedimiento de acceso a la información pública, proyecto que suprime los requisitos de presentación de la copia simple del documento de identidad para el caso de persona natural y de la copia simple del poder para las personas jurídicas, permitiendo de esta manera, que el público usuario, presente sin mayor contratiempo su solicitud de acceso a la información pública, con la sola presentación del Formulario que se distribuye en forma gratuita; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº04-2008-MSS, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el día 25 de febrero de 2008, se modifi có el TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 070-MSS respecto al procedimiento previsto en el Numeral 8.04 denominado: “ACCESO A LA INFORMACION QUE POSEAN O PRODUZCAN LAS DIVERSAS DIRECCIONES, OFICINAS PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; Que, el Anexo a que hace referencia la norma citada, se refi ere a la solicitud al amparo del acceso a la información que posean o produzcan todas las dependencias de la Municipalidad, contemplándose en el mismo como requisitos para la consulta sobre la posibilidad que se le brinde la información, los siguientes: 1) Solicitud según formato gratuito. 2) Copia simple del documento de identidad si es persona natural. 3) Copia simple del Poder si es persona jurídica; Que, con Ordenanza Nº312-MSS del 30.07.08, se modifi ca los procedimientos administrativos y derechos aprobados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado mediante la Ordenanza Nº 070-MSS, de acuerdo al Anexo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Y con Ordenanza Nº 318- MSS, de fecha 04.11.08, se aprueba la modifi cación del TUPA, aprobado mediante Ordenanza Nº 312-MSS, de acuerdo al anexo que es parte integrante de la presente Ordenanza, así como los Formatos y Formularios para el inicio de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA los mismos que son de distribución gratuita o de libre reproducción; Que, las citadas Ordenanzas señalan en su Anexo respectivo, que para el procedimiento de acceso a la información que posean o produzcan las diversas Gerencias, Ofi cinas, Programas y Proyectos Especiales, se requiere como único requisito la presentación del formulario de distribución gratuita. En consecuencia, ya no es necesaria la presentación de la copia simple del documento de identidad si es persona natural o la copia simple del Poder si es persona jurídica; Que, sin embargo, cabe precisar que las citadas Ordenanzas, han sido remitidas al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ofi cios Nº 650 y 1278-2008-SG-MSS, para su RATIFICACION, razón por la cual aún no entran en vigencia; por lo que, siendo necesario su aplicación inmediata para la atención del procedimiento de acceso a la información, es conveniente modifi car el Decreto de Alcaldía Nº04-2008-MSS, a fi n de facilitar la presentación de las solicitudes de acceso a la información, sin que sea necesario la copia simple del Documento Nacional de Identidad para las personas naturales ni el Poder para las personas jurídicas; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, prescribe que el procedimiento administrativo se sustenta en el Principio de Simplicidad, que señala: “Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir; Que, por otro lado, cabe precisar que el Procedimiento de Copias Certifi cadas prevista en el numeral 8.03 del TUPA vigente, aprobado mediante Ordenanza Nº 070-MSS, se tramitan bajo la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y no por la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Que, estando a lo informado por la Secretaria General y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoria Jurídica, mediante Informe Nº77-2009-GAJ- MSS, y de conformidad con lo previsto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y en uso de las atribuciones señaladas en el Art. 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldía Nº 04-2008-MSS de fecha 19.02.08, que regula el procedimiento de acceso a la información pública, conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Precisar que el Procedimiento de Copias Certifi cadas prevista en el numeral 8.03 del TUPA vigente, aprobado mediante Ordenanza Nº 070-MSS, se tramita bajo la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y no por la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación del Anexo Nº 01 en el Portal Electrónico de la Municipalidad de Santiago de Surco, que será realizada en la misma fecha de la publicación ofi cial. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaria General y a la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo, el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde