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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (13/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390774 CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIONES Not. Mun Inf. Multa Direc. Multa % UIT Medida Complementaria 02-0727 Por presentar su can infestación parasitaria. 5% X 02-0728 Conducir a un can por la vía pública sin identifi cación, collar, armes, cadena o correa; o quien conduzca no sea apto para ello. 5% Retención X 02-0729 Permitir la circulación y permanencia de canes en áreas de uso público sin la compañía de la persona responsable para su cuidado. (La sanción se impondrá al propietario del can). 10% Retención X 02-0730 Trasladarlos en transporte de servicio público sin observar lo estipulado en el Art. 23º, D.S. N 006-2002 y en la normatividad vigente. (La sanción se impondrá al Propietario, poseedor y transportista) 10% Retención X 02-0731 Concurrir a establecimientos públicos o privados prohibidos de acuerdo a la normatividad vigente, con excepción de los canes guías de personas con discapacidad y aquellos que estén al servicio de la PNP; Fuerzas Armadas o Seguridad Ciudadana. 20% Retención X 02-0732 Abandonar victimas humanas o animales, de agresión sin prestarles el servicio médico adecuado. (Además, los gastos ocasionados por lesiones físicas y psicológicas serán asumidos por el dueño del can). 50 % denuncia X 2.8.- AGUAS 02-0801 Captar, transportar o distribuir, agua no potabilizada o contaminada destinada para el consumo humano. 100 % Decomiso, Denuncia X 02-0802 Abastecer de aguas a los camiones cisternas sin las características físicas, químicas y bacteriológicas, establecidas en las Normas. 100 % Decomiso, Clausura defi nitiva, Denuncia X 02-0803 Distribuir el agua a la población con una concentración de cloro residual libre por debajo de lo establecido en la norma sanitaria vigente. 100 % Decomiso X 02-0804 Operar el camión cisterna sin la autorización y registro de la autoridad sanitaria municipal. 100 % Retención X 02-0805 No realizar los análisis bacteriológicos y la medición de cloro residual en la cisterna, dentro del plazo previsto. 50 % X 02-0806 No permitir o entorpecer las acciones de fi scalización a la autoridad municipal en la cisterna del camión. 50 % Retención X 02-0807 La pérdida de las condiciones de potabilidad del agua en la cisterna. 50 % X 02-0808 No realizar la desinfección de las cisternas cada seis meses. 100 % X 02-0809 Distribuidoras que se abastezcan de surtidores que no hayan sido autorizados por SEDAPAL. 50 % Clausura temporal o defi nitiva X 02-0810 No renovar el plazo previsto ante la Autoridad de Salud, la autorización sanitaria para operar como camión cisterna. 50 % Retención X CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIONES Not. Mun Inf. Multa Direc. Multa % UIT Medida Complementaria 02-0811 No presentar los libros de registros correspondientes del distribuidor, cuando la autoridad municipal lo solicite. 50 % X 02-0812 No abastecer de agua potable a la zona designada por la autoridad municipal, con la frecuencia y cantidad necesaria para la población, sin mediar causa justifi cada. 50 % X 02-0813 Laborar en la distribución de agua potable sin estar debidamente uniformado y no portar el Carné de Sanidad o Certifi cado de Salud. 10 % X 02-0814 Operar el distribuidor sin contar con los libros de registros especifi cados en el Reglamento. 50 % X 02-0815 No formalizar su inscripción como distribuidor en el Registro Municipal respectivo, como empresa, comité u otra forma de organización societaria dentro del plazo previsto. 50 % X 02-0816 Realizar trabajos de limpieza y desinfección en las cisternas, por empresas de saneamiento ambiental, sin contar con la inspección técnica de la Autoridad de Salud correspondiente. 50 % X 02-0817 No adoptar medidas preventivas o correctivas necesarias ordenadas en las inspecciones realizadas por la Autoridad Sanitaria Municipal en el plazo establecido. 50 % X 02-0818 Distribuir agua potable en zona no autorizada por la Municipal donde se encuentre registrado. 5 % X 02-0819 No tener actualizados los Registros Semestrales de la Calidad de agua de los camiones cisternas. 5 % X 02-0820 No tener actualizado el Libro de Mantenimiento de las condiciones sanitarias y del Registro de la calidad del agua de cada cisterna. 5 % X LÍNEA DE ACCIÓN 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.1.- INFRACCIONES EN PERJUICIO DE MENORES DE EDAD 03-0101 Permitir el trabajo a menores de 18 años en salones de billar, cabarets, centros nocturnos, boites, discotecas, prostíbulos y/o similares. 200 % Clausura defi nitiva, Denuncia X 03-0102 No exhibir en un lugar visible la prohibición de ingreso de menores de edad a los salones de baile y discotecas exclusivas para mayores de edad, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos, prostíbulos, casas de cita y/o similares. 20 % Ejecución, Clausura temporal o defi nitiva X 03-0103 Permitir el ingreso de menores de edad a lugares exclusivos par mayores de edad como salones de baile, discotecas, video pub, bares, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos, prostíbulos, casas de cita y/o similares. 100 % Clausura temporal o defi nitiva, Denuncia X