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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (16/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de febrero de 2009 390917 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 411- 97-PE, de fecha 12 de septiembre de 1997, a favor de la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C. – LUCIANA S.A.C., por modifi cación de denominación social y aumento de capital, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “TIBURON 3” con matrícula CE-12972-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia del ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 3º.- En caso de que se concluya el procedimiento sancionador mediante acto administrativo fi rme o de confi rmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, suspenderá el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administración no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, en mérito a que la E/P “TIBURON 3” tiene una sanción de multa a través de una demanda Contenciosa Administrativa que se está tramitando ante el Poder Judicial de Lima. Artículo 4º.- Dejar sin efecto en el extremo relativo a la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “TIBURON 3” otorgado a la empresa LUCIANA SRL para operar la citada embarcación, a través de la Resolución Ministerial Nº 411-97-PE, de fecha 12 de septiembre de 1997. Artículo 5º.- Incorporar a la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C., como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “TIBURON 3 ” de matrícula CE-12972-PM y 422 m3 de capacidad de bodega, así como la presente Resolución al literal a) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, excluyendo a la empresa LUCIANA SRL del indicado anexo. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción :www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 313254-6 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de madera a favor de persona natural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 12 de enero del 2009. Visto el Ofi cio Nº 4007-2008-REGION-ANCASH DIREPRO/DEPP con Registro Nº 00075264 del 13 de octubre de 2008, con el que la Dirección Regional de la Producción de Ancash alcanza el escrito presentado por el señor JUAN MIGUEL MARIN TABOADA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 014-2000- CTAR-ANCASH/DRP-CH del 3 de noviembre del 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador LUISA TORRES VASQUEZ, para operar la embarcación pesquera construida en madera denominada SANTO TORIBIO I, con matrícula Nº PT-12171-CM, de 33.74 m3 de volumen de bodega, con hielo a granel como medio de preservación a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que la embarcación pesquera SANTO TORIBIO I, con matrícula Nº PT-12171-CM, se encuentra consignada en el literal J con permiso de pesca para el recurso hidrobiológico anchoveta del Anexo I y en el Anexo II con permiso de pesca suspendido para el recurso sardina por no contar con la red sardinera correspondiente, del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala aprobado con Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que mediante el Ofi cio Nº 4007-2008-REGION-ANCASH DIREPRO/DEPP, la Dirección Regional de la Producción de Ancash alcanza la solicitud del señor JUAN MIGUEL MARIN TABOADA sobre cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera SANTO TORIBIO I, con matrícula Nº PT-12171-CM, en virtud al Certifi cado Compendioso de Dominio expedido por la SUNARP- Zona Registral Nº I – Sede Piura, el cual consigna a nombre del solicitante el dominio de la citada embarcación; Que lo solicitado es concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 21 de febrero de 2007, el cual establece que para las embarcaciones sujetas al Régimen de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la transferencia del permiso de pesca, se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, el mismo que señala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que los Artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001- PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolución; Que de la evaluación efectuada a la documentación presentada por el solicitante se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias, así como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 787-2008- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-98- PE y demás normas modifi catorias y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimientos Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE y demás normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JUAN MIGUEL MARIN TABOADA, el cambio de titular del permiso de