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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de febrero de 2009 390925 aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, fi nales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el artículo 143º de la citada norma señala que el otorgamiento de la concesión única confi ere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio público de distribución de radiodifusión por cable, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante Informe Nº 102-2009-MTC/27 la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por PALMIRA OLGA RUIZ LOAYZA; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria, Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a PALMIRA OLGA RUIZ LOAYZA concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con PALMIRA OLGA RUIZ LOAYZA para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.-Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 312860-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Designan representantes titular y alterno del SBN ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido mediante R.M. N° 064-2009-PCM RESOLUCIÓN N° 011-2009/SBN San Isidro, 12 de febrero de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2009- PCM, se constituye un Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargará de la evaluación de las alternativas de solución para la formalización de las posesiones informales ubicadas en el sector Lomo de Corvina, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, y de los sectores que se identifi quen como producto de la evaluación que realice el citado Grupo; Que, el artículo 2° de dicha Resolución establece que el Grupo de Trabajo deberá estar integrado, entre otros, por un representante de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN); Que, cada miembro titular del referido Grupo de Trabajo podrá contar con un representante o miembro alterno; Que, de conformidad con el artículo 3° de la referida Resolución, la SBN deberá designar mediante resolución de su titular, a sus respectivos representantes, titular y alterno, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la Resolución Ministerial Nº 064-2009-PCM; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir la resolución de designación correspondiente; Con la visación de la Gerencia General y la Gerencia Legal; De conformidad con lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 064-2009-PCM, el Decreto Supremo N° 131- 2001-EF y la Resolución N° 315-2001/SBN; y, SE RESUELVE: Artículo Único: Designar al señor Miguel Fortunato Sheron Sánchez, Jefe del Sistema de Bienes del Estado, y al señor José Felisandro Mas Camus, profesional de la Gerencia General, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) ante el Grupo de Trabajo Multisectorial mencionado en los considerandos de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 313174-1 Declaran reserva de terreno ubicado en el distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 025-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 12 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos