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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (16/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de febrero de 2009 390921 Que además el Decreto Supremo Nº 004-2007- PRODUCE, establece que las embarcaciones pesqueras que sean materia de sustitución, deberán ser desguazadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcación; y que las autorizaciones de incremento de fl ota vía sustitución de bodega, no podrán exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demás aplicable lo dispuesto en el artículo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Asimismo, establece que la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE del 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que a través de la Resolución Directoral Nº 047-98- CTAR-LL/DIREPE del 28 de setiembre de 1998, se otorgó permiso de pesca a los señores ERNESTO PUESCAS FIESTAS y JULIO PUESCAS FIESTAS para operar la embarcación pesquera de madera denominada DON FORTUNATO Nº 1 de matricula PL-11434-CM, con 33.0 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) según corresponda en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas marinas adyacentes a la costa; Que mediante Resolución Directoral Nº 041-2000- PRE/P del 29 de noviembre del 2000, se otorgó permiso de pesca a los señores JULIO PUESCAS FIESTAS y ERNESTO PUESCAS FIESTAS para operar la embarcación pesquera de madera denominada DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM, con 44.06 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, utilizando cajas de hielo como medio de preservación y redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas marinas adyacentes a la costa; Que a través de la Resolución Directoral Nº 083-2008- PRODUCE/DGEPP publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 9 de febrero del 2008, se ha resuelto caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; cuya relación de embarcaciones se detalló en el Anexo de dicha resolución, consignándose entre ellas a la embarcación DON ERNESTO de matricula PL-4177-CM; Que actualmente, según la información publicada en la página Web de PRODUCE, las embarcaciones DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM y DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM, se encuentran consignadas con permiso de pesca vigente otorgado a favor de los señores ERNESTO PUESCAS FIESTAS y JULIO PUESCAS FIESTAS, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para CHD/CHI; Que a través del escrito del visto, los señores JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS, y BALVINA LLENQUE VIUDA DE PUESCAS, solicitan a su favor el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM y DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM. Asimismo solicitan autorización de incremento de fl ota para construir una nueva embarcación pesquera con 77.06 m3 de capacidad de bodega, vía sustitución de las capacidades de bodega de 44.06 m3 y 33.0 m3 y de los permisos de pesca de las referidas embarcaciones; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que los administrados, poseen el dominio de las embarcaciones pesqueras DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM y DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM, según consta en los Certifi cados Compendioso de Dominio expedidos por Registros Públicos de Chiclayo de fecha 19 de noviembre del 2008; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, modifi cado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; por lo que resulta procedente atender la solicitud de los recurrentes; Que asimismo, se determina que los administrados han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE, por lo que al verifi carse el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho procedimiento, y en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007- PRODUCE, se considera viable autorizar el incremento de fl ota para la construcción de una nueva embarcación pesquera de 77.06 m3 de capacidad de bodega, con acceso para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, vía sustitución de las capacidades de bodega y el derecho administrativo de las embarcaciones pesqueras DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM y DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 770-2008- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98, y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS, y BALVINA LLENQUE VIUDA DE PUESCAS, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera de madera denominada DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM otorgado por Resolución Directoral Nº 041-2000-PRE/P del 29 de noviembre del 2000, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Artículo 2º.- Aprobar a favor de los señores JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS, y BALVINA LLENQUE VIUDA DE PUESCAS, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera de madera denominada DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM otorgado por Resolución Directoral Nº 047-98-CTAR LL/DIREPE del 28 de setiembre de 1998, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 041-2000-PRE/P del 29 de noviembre del 2000, y Resolución Directoral Nº 047-98-CTAR LL/DIREPE del 28 de setiembre de 1998, a favor de los señores ERNESTO PUESCA FIESTAS y JULIO PUESCAS FIESTAS, para operar las embarcaciones denominadas DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM y DON FORTUNATO Nº 1 de matrícula PL-11434-CM. Artículo 4º.- Incorporar a los señores JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS, y BALVINA LLENQUE VIUDA DE PUESCAS, como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar las embarcaciones DON ERNESTO de matrícula PL-4177-CM y DON FORTUNATO Nº 1 de matricula PL-11434-CM, así como la presente Resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 5º.- Otorgar a favor de los señores JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS, y BALVINA LLENQUE VIUDA DE PUESCAS, autorización de incremento de fl ota para construir una embarcación pesquera de madera con 77.06 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm), respectivamente, vía sustitución de la capacidad de bodega