Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2009 (18/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391135

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, ademas conocera lo que corresponda al 2° Juzgado de Paz Letrado. MODULO BASICO DE JUSTICIA DE LOS MORDAZA PRIMER JUZGADO PENAL: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, ademas conocera lo que corresponda al 2° Juzgado Penal. PRIMER JUZGADO MIXTO: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, ademas conocera lo corresponda al 2° Juzgado Mixto y el 1° Juzgado Transitorio Familia Civil de Condevilla PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO: Dra. MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA Que, ademas conocera lo que corresponda al 2° Juzgado de Paz Letrado. MODULO BASICO DE JUSTICIA DE CONDEVILLA PRIMER JUZGADO PENAL: Dr. MORDAZA MORDAZA Jallo Que, ademas conocera lo que corresponda al 2° Juzgado Penal y el Juzgado Penal Transitorio. PRIMER JUZGADO MIXTO: Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, ademas conocera lo que corresponda al 2°, 3° Jugado Mixto, Juzgado Mixto Transitorio. MORDAZA JUZGADO DE PAZ LETRADO: Dra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, ademas conocera lo que corresponda al 1° y 3° Juzgado de Paz Letrado. JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANTA: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, solo conocera su propio Juzgado. Segundo.- ENCARGAR la Oficina Distrital de Control de la Magistratura al senor Dr. MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA, Presidente de la MORDAZA Sala Penal de Reos Libres, quien desempenara la funcion en adicion a sus labores jurisdiccionales, durante el periodo vacacional. Tercero.- Asimismo, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, mediante resolucion administrativa Nro. 003-2009-J-ODICMA- CSJLN/PJ, emitida en la fecha resuelve ENCARGAR la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura al senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Primera Sala Penal Transitoria, durante el periodo vacacional. Cuarto.- Los Magistrados que no se encuentren comprendidos en la presente resolucion haran uso de su descanso fisico vacacional del 01 de febrero al dos de marzo del ano en curso. Quinto.- Pongase la presente resolucion a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Oficina de Administracion Distrital. Subsistiendo todo lo demas de las resoluciones administrativas 265-2008-CE-PJ y 518-2008-P-CSJLN/ PJ, de fechas veintiseis de septiembre y diecinueve de diciembre del dos mil ocho presente resolucion en todo en cuanto no se opongan. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte 314263-1

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Establecen plazo para que Oficinas de Registros del Estado Civil envien informacion requerida sobre libros de actas desaparecidos o que hayan sido destruidos y dictan disposiciones complementarias
RESOLUCION JEFATURAL Nº 087-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 12 de febrero de 2009 VISTOS: El Informe Nº 000006-2009/SJNAC/RENIEC, de la Subjefatura Nacional, el Informe Nº 000005-2009GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles y el Informe Nº 000092-2009-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica y los Oficios Nº 000532-2009/GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles y Nº 0002152009/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Ley Nº 29312, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de enero de 2009, se MORDAZA el procedimiento de reposicion de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion en las Oficinas de Registros del Estado Civil y Oficinas Registrales del pais; Que, conforme lo establece la Primera Disposicion Complementaria de la referida Ley, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias habiles desde la vigencia de tal ley, la Entidad debe contar con informacion actualizada de las oficinas de registro del estado civil afectadas en todo el MORDAZA, asi como de todos los libros desaparecidos o destruidos total o parcialmente; Que, en virtud a la Ley Nº 26242, MORDAZA actualmente derogada, se reconocio la autorizacion de 35 Oficinas Registrales, asi mismo se faculto a reinscribir 408 Oficinas de Registros del Estado Civil a nivel nacional y, a 14 Oficinas Consulares; habiendose notificado a 1315 Oficinas Registrales a fin de que cumplan con informar sobre las perdidas o deterioro parcial o total de sus Libros, de las cuales cabe destacar que 673 Oficinas han informado que no han sufrido perdida o deterioro; 370 Oficinas aun no han remitido la informacion requerida; y, 83 Oficinas han sido autorizadas a reinscribir, entre otros; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 29312, corresponde a la Entidad complementar la informacion sobre las Oficinas de Registros del Estado Civil afectadas, a cuyo efecto es necesario establecer los lineamientos que permitan la debida implementacion de lo establecido por la MORDAZA en mencion, atendiendo al MORDAZA iniciado y a las autorizaciones conferidas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a diversas Oficinas, bajo la vigencia de la Ley Nº 26242; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la Ley Nº 29312 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;

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