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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (18/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391125 Aprueban modificación de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS Tacna S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2009-SUNASS-CD Lima, 13 de febrero del 2009 VISTOS: La Resolución Nº 006-2008-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de restablecimiento del equilibrio económico fi nanciero de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima, EPS TACNA S.A., conforme a lo establecido en el Anexo Nº 4 del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD; El Memorándum Nº 037-2009-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario Final, que contiene la propuesta de modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Octubre 2007 – Octubre 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 061-2007-SUNASS- CD se aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Octubre 2007-Octubre 2012; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que excepcionalmente, pueden modifi carse las fórmulas tarifarias antes del término de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modifi cación de los valores de los parámetros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el cálculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios; Que, el artículo 103º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023- 2005-VIVIENDA, señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las fórmulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestión, antes del término de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, que originen la ruptura del equilibrio económico fi nanciero, siendo competencia de la SUNASS la defi nición de este último concepto; Que, por Resolución Nº 039-2008-SUNASS-CD, se suspendió la aplicación de incremento aprobado por Resolución Nº 061-2008-SUNASS-CD y se dispuso evaluar el inicio de proceso de revisión de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolución Nº 074-2008-SUNASS-CD, se prorrogó la suspensión del plazo otorgado mediante Resolución Nº 039-2008-SUNASS-CD hasta que se declare la admisibilidad o inadmisibilidad de la solicitud de revisión del estudio tarifario presentada por EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolución Nº 006-2008-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria admite a trámite la solicitud de restablecimiento del equilibrio económico fi nanciero, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, con Memorándum Nº 197-2008-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Octubre 2007- Octubre 2012; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que modifi ca la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 12 de enero de 2009 se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPS TACNA S.A.; Que, con Memorándum Nº 037-2009-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Octubre 2007 – Octubre 2012; Que, conforme al artículo 44º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la citada EPS; Que, el artículo 25º del Decreto Supremo Nº 017-2001- PCM, que aprobó el Reglamento General de la SUNASS, dispone que es competencia exclusiva del Consejo Directivo, el ejercicio de la función reguladora; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 004-2009. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima – EPS TACNA S.A. para el quinquenio Octubre 2007 – Octubre 2012, las cuales se encuentran contenidas en el anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la creación de un fondo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de la modifi catoria de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes y el cual se regirá por lo establecido en el artículo 31º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. Para constituir dicho fondo, EPS TACNA S.A. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del quinquenio Octubre 2007 – Octubre 2012 a partir de la presente publicación, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales señalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO DE INVERSIÓN Período Porcentaje de los Ingresos (1) Año 1 5,0% Año 2 4,0% Año 3 3,0% Año 4 6,0% Año 5 5,0% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fi nes distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3º.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión de la EPS TACNA S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución.