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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2009 (01/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de julio de 2009 398338 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita María Soledad Acosta Torrelly, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 366770-9 DEFENSA Autoriza viaje de Oficial de la Marina de Guerra a fin de integrar el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil en Haití RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2009-DE Lima, 30 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 108 del 05 de marzo de 2009, la Misión Permanente del Brasil ante las Naciones Unidas, solicita la designación de un militar peruano para ejercer funciones en el Estado Mayor del Batallón Brasileño en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH); Que, mediante Ofi cio Nº 1512 EMCFFAA/D5/AAII del 02 de junio de 2009, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace conocer que en la II Reunión del Mecanismo de Consulta y Cooperación (2 + 2) entre Perú y Brasil, realizado el 13 de marzo del presente año, la República del Brasil acepta la participación de un (01) Ofi cial peruano en el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil en Haití (BTN HAITI – BRABAT), ofi cializado en el Memorándum de Entendimiento entre la República Federativa del Brasil y la República del Perú, suscrito el 14 de mayo de 2009 por los Representantes Permanentes del Perú y Brasil ante las Naciones Unidas, motivo por el cual no ha sido considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009; Que, la participación de un Ofi cial peruano del grado de Mayor o Capitán de Corbeta en las actividades que desarrollará el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil, al amparo del Memorándum de Entendimiento antes mencionado, permitirá fortalecer los lazos de amistad entre el Perú y Brasil, así como acrecentará la presencia e imagen de nuestro país ante la MINUSTAH y la comunidad internacional; Que, para viabilizar el referido viaje, se ha incluido en el Rubro 5 : Medidas de Confi anza Mutua, del Anexo 01 del Plan de Viajes aprobado por Resolución Suprema Nº 028 - 2009 DE de fecha 19 de enero de 2009, habiéndose excluido para ello el viaje considerado en Item 7 del mismo rubro; Que, mediante Ofi cio Nº 1551 EMCFFAA/D5/AAII del 04 de junio de 2009, se designó al Capitán de Corbeta Juan Manuel DE LA VEGA VILLANES para que integre el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil en Haití; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Capitán de Corbeta Juan Manuel DE LA VEGA VILLANES, DNI Nº 09224861, viaje en Comisión de Servicio del 02 de julio de 2009 al 02 de enero de 2010, a la ciudad de Río de Janeiro – Brasil, con el objeto de integrar por 6 meses el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil en Haití (BTN HAITI – BRABAT). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima - Río de Janeiro – Lima US$ 1,020.00 x 1 persona Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- Los gastos de alimentación, alojamiento y otros que correspondan al Ofi cial Superior autorizado, serán asumidos por las Naciones Unidas. Artículo 4º.- El citado Ofi cial Superior, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2003 PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 366770-3 ENERGIA Y MINAS Prorrogan plazo para la presentación de la Declaración Anual Consolidada 2008 - DAC hasta el 31 de julio de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 132-2009-MEM/DGM Lima, 30 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que los titulares de la actividad minera están obligados a presentar anualmente una Declaración Anual Consolidada - DAC, precisando que la