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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398551 ejecutadas en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 2.- TIPOS DE PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN FISICO TÉCNICA DE OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS PARA TRANSFERIR Y/O INCORPORAR AL PATRIMONIO MUNICIPAL Los tipos de procedimientos de verifi cación físico técnica de obras públicas ejecutadas para transferir y/o incorporar al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao, son los siguientes: • Por Transferencia e incorporación de obras públicas ejecutadas por organismos, distintos a la Municipalidad Provincial del Callao, públicos o privados. • Incorporación de Obras Públicas ejecutadas por la Municipalidad Provincial del Callao por contrata • Incorporación de Obras Públicas ejecutadas por la Municipalidad Provincial del Callao por Convenio de Cooperación Interinstitucional. • Incorporación de Obras Públicas ejecutadas por la Municipalidad Provincial del Callao por administración directa. Artículo 3.- DEFINICIONES • Transferencia.- Es el acto de trasladar la tenencia de la obra de una institución (órgano ejecutor) a favor de la Municipalidad Provincial del Callao • Incorporación.- Es el acto por el cual se inscribe la obra pública ejecutada en el registro contable y patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao, • Recepción de Obra.- Es el acto por el cual el Comité de Recepción de Obras designado por la Municipalidad Provincial del Callao, recibe de la entidad ejecutora la obra pública fi nalizada CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA E INCORPORACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS POR ORGANISMOS PÚBLICOS O ENTIDADES PRIVADAS Artículo 4.- DE LA COMISION DE TRANSFERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS. El Alcalde mediante Resolución de Alcaldía y dentro de los quince (15) primeros días del año, designará la “Comisión de Transferencia de Obras Públicas”, la que tendrá vigencia hasta el fi nal del año de la designación. El Comité estará integrado, como mínimo, por los Gerentes Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación, Administración y Desarrollo Urbano. Artículo 5.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA TRANSFERENCIA Para la transferencia e incorporación de obras públicas ejecutadas por organismos públicos y/o entidades privadas (distintas a la Municipalidad Provincial del Callao) los documentos que se deberán adjuntar a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, serán los siguientes: • Ficha Técnica de evaluación y transferencia (debe contener datos generales del proyecto y resumen del estudio) • Planos de post construcción • Acta de recepción de obra • Resolución de aprobación de Liquidación de Obra. • Informe Financiero indicando el monto de la Obra. • Memoria descriptiva valorizada • Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso. Artículo 6.- PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL Y GENERACION DE EMPLEO Para el caso de Programas de asistencia social y/o generación de empleo la documentación a presentar para la transferencia señalada en el artículo 5º, se adecuará a lo establecido en los Convenios y Programas respectivos. Artículo 7.- VERIFICACION FISICO TECNICA PARA LA TRANSFERENCIA La Gerencia General de Desarrollo Urbano se encargará de revisar que la documentación presentada se encuentre completa y conforme a lo señalado en los artículos 5º y 6º, según sea el caso, emitiendo el informe correspondiente; luego procederá a remitir toda la información al Presidente de la Comisión de Transferencia de Obras Públicas, quien convocará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles a los miembros de la Comisión para verifi car las condiciones físicas de la obra pública a recibir y la suscripción del Acta de Verifi cación de la obra pública a ser incorporada al Registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. El Presidente de la Comisión de Transferencia de Obras Públicas remitirá a la Gerencia de Desarrollo Urbano el Acta de Verifi cación para que ésta continúe con el trámite de transferencia. Artículo 8.- CULMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA La Gerencia General de Desarrollo Urbano, antes de remitir lo actuado a la Secretaria General, solicitará la opinión de las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y de Administración. La Secretaría General elevará el expediente al Concejo Provincial quien mediante Acuerdo de Concejo aprobará la transferencia de la obra pública y su incorporación al Registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad. Artículo 9.- INCORPORACION DE LA OBRA PÚBLICA AL PATRIMONIO MUNICIPAL La Secretaria General remitirá por duplicado, el Acuerdo de Concejo Provincial y el Expediente con la documentación sustentatoria debidamente fedatada y/o autenticada, que aprueba la incorporación de la Obra Pública al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao, a la Gerencia General de Administración para que su registro contable en el margesí de bienes de la Municipalidad Provincial del Callao. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS POR CONTRATA Artículo 10.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORACION El procedimiento de incorporación de obras públicas que ejecute la Municipalidad Provincial del Callao, por contrata, se iniciará con la solicitud de la Recepción de la Obra. Artículo 11.- CULMINACION DE LA OBRA Para ello se deberá cumplir con lo señalado en el Art. 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El ingeniero residente anotará en el cuaderno de obra la culminación de la obra y solicitará la recepción de la misma. El inspector o supervisor deberá verifi car que la obra ha sido culminada, debiendo en un plazo no mayor de cinco (05) días notifi car a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, si ésta está en condiciones de ser recepcionada. Artículo 12.- COMITÉ DE RECEPCION DE OBRAS El Alcalde mediante Resolución de Alcaldía y dentro de los quince (15) primeros días del año, designará al “Comité de Recepción de Obras” el que tendrá vigencia hasta el fi nal del año de la designación. El Comité estará integrado, como mínimo, por el Gerente General de Desarrollo Urbano, el Gerente de Obras y el inspector o supervisor. Artículo 13.- RECEPCION DE OBRA La Gerencia General de Desarrollo Urbano a la culminación de la obra ejecutada según Expediente Técnico aprobado del Proyecto, dentro de los cinco (05) días hábiles convocará al Comité de Recepción de Obras, conjuntamente con el representante de la Entidad Ejecutora, para determinar y verifi car la correcta ejecución de la obra y, de no existir observaciones, se procederá a la recepción de las obras. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité de Recepción de Obras y el representante de la Entidad Ejecutora. Artículo 14.- OBSERVACIONES Y CONTROVERSIAS AL PROCESO DE RECEPCIÓN DE OBRAS