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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398547 ejecución del plan y del gasto público, así como los informes de los órganos de control sobre ejecución presupuestal. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS: Primera.- El reglamento para el adecuado funcionamiento del registro de organizaciones que se refi ere el artículo 14 de la presente Ordenanza será promulgado por Resolución de Alcaldía en un plazo no mayor de 10 días a partir de la entrada de vigencia de la presente ordenanza. Segunda.- Mediante Resolución de Alcaldía se dictará las disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSE CUYA ESPINOZA Alcalde 366789-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban documento del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 52-2009-ACSS Santiago de Surco, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Memorándum Nº 1145-2009-GM-MSS la Gerencia Municipal, el Informe Nº 014-2009-CCLD-MSS de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Local Distrital, el Memorándum Nº 400-2009-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Acta de sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local Distrital Nº 02 del 23.06.2009, el Acuerdo Nº 003-2008- CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, el Inciso 1) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, “Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo”; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, ha introducido el mecanismo del presupuesto participativo, tanto para la elaboración de los planes de desarrollo como en el presupuesto, conforme a los Artículos 53º y 97º de la misma Ley. Esto signifi ca una nueva manera de elaborar los planes y presupuesto, a través de la participación directa de la población, quien defi ne las prioridades y la distribución de los recursos. Esto exige previamente, el conocimiento de las medidas, debate y aprobación de los vecinos, en forma individual o colectiva; Que, el párrafo tercero del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece “...Las acciones resultantes del proceso del presupuesto participativo, que deberán ser incluidos, en caso su fi nanciamiento considere recursos públicos, en la formulación del presupuesto institucional de la entidad, constituyen el Presupuesto Participativo del Gobierno Regional o Local, y son remitidos para la aprobación a los Consejos Regionales y Concejos Municipales, según corresponda...”; Que, con Memorándum Nº 400-2009-GPP-MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite a la Secretaría Técnica del CCLD el Informe Técnico y el Documento del Presupuesto Participativo 2010, a efecto que se formalice la presentación del mismo ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y posteriormente al Concejo Municipal conteniendo la relación de los trece (13) Proyectos Priorizados, por la suma de S/. 4`980,000.00 Nuevos Soles, cuya ejecución serán fi nanciados por transferencias del Gobierno Nacional del Fondo de Compensación Nacional –FONCOMUN, por S/. 2`753,934.00 Nuevos Soles y por Otros impuestos por S/. 2’226,066.00 Nuevos Soles; Que, mediante Informe Nº 721-2009-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente la remisión al Concejo Municipal del Documento del Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2010, a efectos de que conforme a las facultades establecidas en el Artículo 9º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el quórum correspondiente se apruebe el Presupuesto Participativo 2010, de la Municipalidad de Santiago de Surco, emitiendo el respectivo Acuerdo de Concejo, conforme lo establece el Artículo 41º de la norma acotada; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º, numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el Documento del Proceso del Presupuesto Participativo 2010, de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, fi jado en la suma de S/. 4’980,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la fuentes de Financiamiento Transferencias del Gobierno Nacional del Fondo de Compensación Nacional - FONCOMUN por la suma de S/. 2`753,934.00 Nuevos Soles y por Otros impuestos por S/. 2’226,066.00 Nuevos Soles, que serán destinados a la ejecución de trece (13) proyectos, aprobados por los Agentes Participantes, presupuesto que deberá ser incluido en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año 2010. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General remita copia del presente Acuerdo y sus antecedentes a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 367039-1 Aprueban Reglamento del Sorteo para Vecinos Surcanos Preferentes DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2009-MSS Santiago de Surco, 30 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: Los Informes Nºs. 041 y 50-2009-SGSE- GII-MSS de la Sub Gerencia de Servicios Especiales, el Memorándum Nº 236-2009-GSP-MSS de la Gerencia de Sistemas y Procesos, y el Informe Nº 661-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la aprobación del Proyecto de Reglamento de Sorteo para Vecinos Surcanos; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional