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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2009 (03/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398552 Si durante el proceso de recepción de las obras se determinan observaciones o existiera alguna controversia, se deberá cumplir con lo señalado en el Art. 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 15.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA La entidad ejecutora de la obra presentará, dentro de los sesenta (60) días contados desde el día siguiente de la recepción de la obra, la liquidación de la obra. La Gerencia General de Desarrollo Urbano solicitará a la Gerencia General de Administración el informe fi nanciero donde se detalle todos los desembolsos efectuados para la ejecución de la obra. La Municipalidad Provincial del Callao se pronunciará, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación de la liquidación, aceptándola u observándola. En caso de observarla, la Municipalidad Provincial del Callao puede presentar otra liquidación a la entidad ejecutora, para su pronunciamiento dentro de los quince (15) días siguientes. En caso que la entidad ejecutora de la obra no presentara la liquidación dentro del plazo establecido, la Gerencia General de Desarrollo Urbano deberá ejecutarla en el plazo de sesenta (60) días. La liquidación deberá ejecutarse de acuerdo al formato anexo Nº 1, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. La liquidación quedará consentida cuando, ejecutada por cualquiera de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido. Artículo 16.- OBSERVACIONES Y CONTROVERSIAS A LA LIQUIDACION En el caso de que una de las partes observe la liquidación planteada por la otra parte o existiera alguna controversia, estas se resolverán de acuerdo con lo señalado en el Art. 211º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 17.- DOCUMENTACION ANEXOS A LA LIQUIDACION Conjuntamente con la liquidación, la entidad ejecutora de la obra entregará a la Municipalidad Provincial del Callao la siguiente documentación: • Planos post construcción • Memoria descriptiva valorizada o el Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso. • Certifi cados de ensayo de laboratorios • Original del cuaderno de obra Artículo 18.- APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN Presentada la liquidación, con los documentos anexos a ella, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, elevará a la Gerencia Municipal el informe de liquidación de obra que contendrá, en copia fedateada, la siguiente documentación: • Acta de Recepción de la Obra • Informe fi nanciero de la Gerencia General de Administración • Liquidación • Memoria descriptiva valorizada • Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso. • Planos post construcción La Gerencia General de Desarrollo Urbano guardará los originales de la documentación citada líneas arriba y el Cuaderno de Obra. La Gerencia Municipal aprobará y dispondrá mediante Resolución, la liquidación presentada por la Gerencia General de Desarrollo Urbano y su incorporación al registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 19.- INCORPORACION DE LA OBRA PÚBLICA AL PATRIMONIO MUNICIPAL La Resolución de la Gerencia Municipal, con copia fedatada y/o autenticada del Expediente de la Obra, será remitida a la Gerencia General de Administración para que la obra pública sea incorporada al Registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 20.- CULMINACION DEL CONTRATO Consentida la liquidación y cancelado los pagos que hubieran, culmina defi nitivamente el contrato. En caso de alguna controversia se seguirá con lo indicado en el Art. 212º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS POR CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL Artículo 21.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORACION El procedimiento de incorporación de obras públicas que ejecute la Municipalidad Provincial del Callao, por la modalidad de Convenio de Cooperación Interinstitucional, se iniciará con la solicitud de la Recepción de la Obra. Artículo 22.- CULMINACION DE LA OBRA Para ello se deberá cumplir con lo señalado en el Art. 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El ingeniero residente anotará en el cuaderno de obra la culminación de la obra y solicitará la recepción de la misma. El inspector o supervisor deberá verifi car que la obra ha sido culminada, debiendo en un plazo no mayor de cinco (05) días notifi car a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, si ésta está en condiciones de ser recepcionada. Artículo 23.- COMITÉ DE RECEPCION DE OBRAS Será el mismo mencionado en el Art. 12º. Artículo 24.- RECEPCION DE OBRA La Gerencia General de Desarrollo Urbano convocará al Comité de Recepción de Obras quienes, dentro de los cinco (05) días hábiles, conjuntamente con el representante de la entidad ejecutora verifi carán la correcta ejecución de la obra y, de no existir observaciones, se procederá a la recepción de las obras. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité de Recepción de Obras y el representante de la entidad ejecutora. Artículo 25.- OBSERVACIONES Y CONTROVERSIAS AL PROCESO DE RECEPCIÓN DE OBRAS Si durante el proceso de recepción de las obras se determinan observaciones o existiera alguna controversia, se deberá cumplir con lo señalado en el Art. 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 26.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA La entidad ejecutora de la obra presentará, dentro de los treinta (30) días contados desde el día siguiente de la recepción de la obra, la liquidación de la misma. La Gerencia General de Desarrollo Urbano solicitará a la Gerencia General de Administración el informe fi nanciero donde se detalle todos los desembolsos efectuados para la ejecución de la obra. La Municipalidad Provincial del Callao se pronunciará, dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de la liquidación, aceptándola u observándola. En caso de observarla, la Municipalidad Provincial del Callao puede presentar otra liquidación a la entidad ejecutora, para su pronunciamiento dentro de los quince (15) días siguientes. En caso que la entidad ejecutora de la obra no presentara la liquidación dentro del plazo establecido, la Gerencia General de Desarrollo Urbano deberá ejecutarla en el plazo de treinta (30) días. La liquidación deberá ejecutarse de acuerdo al formato anexo Nº 1, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. La liquidación quedará consentida cuando, ejecutada por cualquiera de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido. Artículo 27.- DOCUMENTACION ANEXOS A LA LIQUIDACION Conjuntamente con la liquidación, la entidad ejecutora de la obra entregará a la Municipalidad Provincial del Callao la siguiente documentación: • Planos post construcción • Memoria descriptiva valorizada o el Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso.