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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2009 (03/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398553 • Certifi cados de ensayo de laboratorios • Original del cuaderno de obra Artículo 28.- APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN Presentada la liquidación, con los documentos anexos a ella, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, elevará a la Gerencia Municipal el informe de liquidación de obra que contendrá, en copia fedateada, la siguiente documentación: • Acta de Recepción de la Obra • Informe fi nanciero de la Gerencia General de Administración • Liquidación • Memoria descriptiva valorizada • Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso. • Planos post construcción La Gerencia General de Desarrollo Urbano guardará los originales de la documentación citada líneas arriba y el Cuaderno de Obra. La Gerencia Municipal aprobará y dispondrá mediante Resolución, la liquidación presentada por la Gerencia General de Desarrollo Urbano y su incorporación al registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 29.- OBSERVACIONES Y CONTROVERSIAS A LA LIQUIDACION En el caso de que una de las partes observe la liquidación planteada por la otra parte o existiera alguna controversia, éstas se resolverán de acuerdo con lo señalado en el Art. 211º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 30.- INCORPORACION DE LA OBRA PÚBLICA AL PATRIMONIO MUNICIPAL La Resolución de la Gerencia Municipal. Con copia fedateada y/o autenticada del Expediente de la Obra, será remitida, en duplicado a la Gerencia General de Administración para que la obra pública sea incorporada al Registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 31.- CULMINACION DEL CONVENIO Consentida la liquidación y cancelado los pagos que hubieran, culmina defi nitivamente el convenio. En caso de alguna controversia se seguirá con lo indicado en el Art. 212º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 32.- OBRAS POR ENCARGO En el caso de los Convenios de Cooperación Interinstitucional bajo la modalidad de obras por encargo, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos precedentes, otorgándose un plazo adicional de noventa (90) días, contados desde el día siguiente de la recepción de la obra, para la presentación, a la Gerencia General de Administración, de la documentación de sustentación de los gastos efectuados. La Gerencia General de Administración dentro de los treinta (30) días informará a la Gerencia Municipal sobre el resultado de la liquidación contable, quien mediante una addenda a la Resolución de la Gerencia Municipal señalará el valor fi nal de la obra ejecutada. Este documento se anexará al expediente de incorporación de la obra pública al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao. CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EJECUTADAS POR ADMINISTRACION DIRECTA Artículo 33.- RECEPCIÓN DE OBRA El procedimiento de incorporación de obras públicas que ejecute la Municipalidad Provincial del Callao, por la modalidad de Administración Directa, se iniciará con la solicitud de la Recepción de la Obra. Para ello, el ingeniero residente anotará en el cuaderno de obra la culminación de la obra y solicitará la recepción de la misma. El inspector deberá verifi car que la obra ha sido culminada, debiendo en un plazo no mayor de cinco (05) días notifi car a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, que ésta está en condiciones de ser recepcionada. La Gerencia General de Desarrollo Urbano convocará al Comité de Recepción de Obras quienes, dentro de los cinco (05) días hábiles, conjuntamente con el ingeniero residente verifi carán la correcta ejecución de la obra y, de no existir observaciones, se procederá a la recepción de las mismas. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité de Recepción de Obras y el ingeniero residente. Artículo 34.- LIQUIDACIÓN DE GASTOS DE OBRA Dentro de los cinco (05) días hábiles, posteriores a la suscripción del Acta de Recepción, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, solicitará a la Gerencia General de Administración el informe fi nanciero donde se detallen todos los desembolsos efectuados para la ejecución de la obra, quienes tendrán veinte (20) días hábiles para emitir el informe solicitado. La Gerencia General de Desarrollo Urbano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, elaborará el informe de liquidación de obra que contendrá, en copia fedateada, la siguiente documentación: • Acta de Recepción de la Obra • Informe fi nanciero de la Gerencia General de Administración • Liquidación fi nanciera • Memoria descriptiva valorizada o el Formulario Único de Edifi cación – FUE de Declaratoria de Fábrica, si fuera el caso. • Planos post construcción La Gerencia General de Desarrollo Urbano guardará los originales de la documentación citada líneas arriba y el Cuaderno de Obra. La Gerencia Municipal aprobará y dispondrá, mediante Resolución, la liquidación presentada por la Gerencia General de Desarrollo Urbano y su incorporación al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao. . Artículo 35.- INCORPORACION DE LA OBRA PÚBLICA AL PATRIMONIO MUNICIPAL La Resolución de la Gerencia Municipal con copia fedatada y/o autenticada del Expediente de Obra, será remitida, en duplicado a la Gerencia General de Administración para que la obra pública sea incorporada al Registro Contable y Patrimonial de la Municipalidad Provincial del Callao. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las obras públicas ejecutadas con cierta antigüedad, por cualquier institución pública o privada, que deba ser transferida e incorporada al patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao y que no cuenten con la documentación solicitada en los Arts. 5º, 17º ó 22º, presentará lo siguiente: • Memoria descriptiva valorizada, señalando la antigüedad del bien a transferir, cálculo de depreciación y el valor depreciado del bien. • Plano de ubicación. • Plano de replanteo de arquitectura. Segunda.- Los procedimientos de transferencia o incorporación que se encuentren en trámite se adecuarán a lo previsto en la presente Ordenanza. Tercera.- La Comisión de Transferencia de Obras Públicas designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 0000135 de fecha 09.01.2009, se mantiene vigente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derógase la Ordenanza Municipal Nº 000007 que reglamenta el procedimiento de verifi cación físico técnica de obras públicas a incorporarse al patrimonio municipal, publicada en el 26 de mayo del 2002 en el diario ofi cial El Peruano. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao