Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2009 (17/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO - REGION LA LIBERTAD; VISTO: En Sesion de Concejo Extraordinaria de fecha 30 de junio del 2009, los Informes: N° 003-2009-STDC-MDS, emitido por el Secretario Tecnico de Defensa Civil; 1782009 MDS-ATT-EAUV, emitido por el Jefe del Area de Acondicionamiento Territorial y el Informe N° 008-2009-ALMDS de Asesoria Legal, referidos a la sustentacion Tecnica y Legal para la Declaracion de Situacion de Emergencia y Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por causal de Situacion de Emergencia. CONSIDERANDO Que, la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establecen que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven la economia local y la prestacion de los servicios basicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes regionales y nacionales. Que, la Municipalidad Distrital de Sinsicap, a traves del Area de Acondicionamiento Territorial ha gestionado la Viabilidad del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP N° 56113 denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE SAN MORDAZA, DISTRITO DE SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO, LA LIBERTAD", el mismo ha sido considerado por el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento - Programa Agua Para Todos - para su financiamiento. Que, la Municipalidad Distrital de Sinsicap con fecha MORDAZA del 2009 suscribio el convenio especifico de Cooperacion entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cuyo objetivo es el financiamiento para la ejecucion del proyecto en mencion en virtud de lo cual se emitio la respectiva Resolucion Ministerial por la que se dispone la transferencia financiera a favor del Pliego Presupuestal Municipalidad Distrital de Sinsicap recursos que han sido incorporados al presupuesto institucional de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28411 del Sistema Nacional de Presupuesto. Que, mediante Informe N° 003-2009-STDC-MDS, el Secretario Tecnico de Defensa Civil (E), emite un Informe descriptivo detallando la situacion actual del Sistema de Agua y Alcantarillado del Centro Poblado de San MORDAZA, el mismo que se encuentra en pesimas condiciones haciendo peligrar la salud publica de la localidad. Que, mediante el Informe N° 178-2009 MDS-ATT-EAUV, la Jefatura del Area de Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Distrital de Sinsicap, da cuenta de la obligacion asumida por la Municipalidad en el sentido de actuar diligente y eficientemente para la ejecucion del proyecto, asi tambien se informa de manera pormenorizada el estado de conservacion y operatividad del sistema de agua potable y alcantarillado de la localidad de San MORDAZA, concluyendose en el mismo que la infraestructura del sistema de agua y alcantarillado constituye riesgo con un peligro muy alto para la salubridad de la poblacion y con probabilidades de ocurrencia inminente; asi mismo, se efectuan recomendaciones tendientes a preservar y garantizar el bienestar integral de la poblacion razon por la cual se opina favorablemente para que el Concejo Municipal en el MORDAZA de sus competencias y de conformidad a la normativa de contrataciones del estado declare en Situacion de Emergencia el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado y se Exonere de MORDAZA de Seleccion la Contratacion de Ejecucion y Supervision de la obra: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE SAN MORDAZA, DISTRITO DE SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO , LA LIBERTAD." Que, mediante Informe Legal N° 008-2009-AL-MDS, el Asesor Legal manifiesta que teniendo en cuenta lo manifestado en el informe tecnico se advierte que existe alto riesgo de colapso total del servicio de alcantarillado en el distrito, razon por la cual concluye que se configura una situacion extraordinaria y que la necesidad de la obra es actual y urgente, y que del mismo modo repita necesario precisar que de conformidad al articulo 190º del reglamento de la ley de contrataciones de estado, toda obra debe contar de manera permanente y directa con un supervisor lo que pone de manifiesto la necesidad de contar concurrentemente con este servicio aplicado a la ejecucion de la obra, concluyendo en el precitado informe con sugerir al Concejo Municipal la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de Situacion de Emergencia de conformidad con lo establecido en el articulo 20º literal "b"

y 22° del Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y articulo 128° del reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF. Que, mediante el indicado Informe Legal, se precisa que de conformidad al articulo 21° de la Ley de Contrataciones del Estado se faculte al Concejo Municipal exonerar de procesos de seleccion cuando se presenten situaciones de emergencia que pongan en riesgo las actividades de la entidad, MORDAZA si se trata de obras de MORDAZA importancia para la poblacion distrital y que contribuiran a mejorar sustancialmente las condiciones de MORDAZA de los beneficiarios, siendo necesario para contar informes Tecnico -- Legal, que justifiquen tal decision; asi lo prescribe el 133° del reglamento ley aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF. Que, por tanto habiendose configurado el supuesto establecido en el art. 20 literal "b" de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de ejecucion y supervision del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP N° 56113 denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE SAN MORDAZA, DISTRITO DE SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO , LA LIBERTAD" por la causal de Situacion de Emergencia, debiendose proceder conforme a lo establecido en los articulos 134° y 135° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Estando lo expuesto, de conformidad con el inciso b) del articulo 20° y los articulos 20° y 21° del Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL: Primero.DECLARAR en SITUACION DE EMERGENCIA, el sistema de Agua y Alcantarillado del Centro Poblado de San MORDAZA, distrito de Sinsicap, provincia de Otuzco, Region La Libertad. Segundo.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para la EJECUCION del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP N° 56113 denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE SAN MORDAZA, DISTRITO DE SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO, LA LIBERTAD" por la causal de situacion de emergencia conforme a los informes expuestos, por la suma de S/. 2, 193, 638.00 (Dos Millones Ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y ocho y 01/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias y recursos determinados, por el periodo de 210 dias. Tercero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica para la SUPERVISION de la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP N° 56113 denominado "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE SAN MORDAZA, DISTRITO DE SINSICAP, PROVINCIA DE OTUZCO, LA LIBERTAD" por la causal de Situacion de Emergencia conforme a los informes expuestos por la suma de S/ 120,000.00 (Ciento veinte mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias y recursos determinados por el periodo de 240 dias. Cuarto.- OTORGAR amplio y suficiente poder al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en el MORDAZA de la Ley realice todas las gestiones y tramites conducentes a la formalizacion de dicho acuerdo Quinto.- ENCARGAR Al Comite Especial el mismo que debera ser designado mediante Resolucion de Alcaldia; conducir los Procesos Exonerados para la Ejecucion y Supervision del Proyecto precitados en el articulo anterior, debiendo para tal efecto adecuar las Bases Administrativas, aprobadas a esta modalidad de contratacion y seguir los procedimientos establecidos en el Art. N° 21° del Decreto Legislativo N° 1017 y Art. N° 134º y 135º del Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado respectivamente. Sexto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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