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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2009 (17/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de julio de 2009 399213 Visto el pedido del Mag. Ing. Ulises Humala Tasso de fecha 07 de julio del 2009, en relación a su participación en la Conferencia “Desarrollo Nacional Promoción Nº 91”, a realizarse en la ciudad de Taipei - Taiwán; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 01125-DIGA-UNI-2009 de fecha 07 de julio del 2009, el Director General de Administración de la UNI en atención a la invitación formulada por la Ofi cina Económica y Cultural de Taipei, solicita se autorice el viaje y otorgamiento de viáticos al exterior por su participación en la Conferencia Desarrollo Nacional Promoción Nº 91”, a realizarse en la ciudad de Taipei – Taiwán, del 02 al 22 de agosto del 2009; Que, en mayo de 1978, la República de China estableció en Lima el “Centro Comercial del Lejano Oriente S.A.”, con el propósito de promover el comercio bilateral entre la República de China y la República del Perú; que mediante Decreto Supremo No. 014/ RE cambió de nombre a Ofi cina Económica y Cultural de Taipei, cuyas principales funciones son fomentar el comercio, la cooperación fi nanciera y técnica, las inversiones privadas, la cultura y el turismo entre ambos países, habiendo organizado diversas actividades en coordinación con las autoridades de la Universidad; Que, de conformidad a lo establecido en los literales a) y b) del artículo 3º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, el propósito permanente de la Universidad se expresa en la formación integral de sus profesionales, científi cos y humanistas en las diversas disciplinas, y la realización de investigaciones científi cas de carácter fundamental y aplicado; Que, entre los fi nes de la vida institucional está el de promover el intercambio cultural con instituciones nacionales e internacionales con el objetivo de planear soluciones a los problemas regionales, nacionales y latinoamericanos; participar en los esfuerzos universales para construir la paz entre los pueblos y fomentar la solidaridad entre los oprimidos y explotados; Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM del 05 de junio del 2002; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Mag. Ing. Ulises Humala Tasso, a la ciudad de Taipei - Taiwán, en el periodo comprendido entre el 29 de julio al 22 de agosto del 2009, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, para que participe en la Conferencia “Desarrollo Nacional Promoción Nº 91” a realizarse en la ciudad de Taipei – Taiwán del 02 al 22 de agosto de 2009. Artículo 2º.- Otorgar al Mag. Ing. Ulises Humala Tasso el equivalente en nuevos soles del monto de US$ 4 600.00 (Cuatro Mil Seiscientos con 00/100 Dólares Americanos), para sufragar los gastos por concepto de viáticos, por su participación explicitada en los considerandos de la presente resolución, que serán fi nanciados a través de los recursos directamente recaudados de la Administración Central, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de ocho (08) días, al término de su viaje. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario antes citado deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados de la Administración Central. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RÍOS Rector 372636-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Adicionan disposición complementaria final a la Ordenanza Nº 073-AREQUIPA, referente al inicio del Proceso de Presupuesto Participativo del período 2010 ORDENANZA REGIONAL Nº 086-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Proceso del Presupuesto Participativo, desde un punto de vista normativo, se encuentra delimitado esencialmente por: ((a)) dos Leyes Nacionales (Ley Nº 28056 de fecha 3 de agosto de 2003, y Ley Nº 29298 de fecha 17 de diciembre de 2008); ((b)) un Reglamento Nacional (Decreto Supremo Nº 171-2003-EF de 26 de noviembre de 2003); ((c)) un Instructivo Nacional (Instructivo Nº 002- 2008-EF/76.01 de fecha 11 de abril de 2008); y, ((d)) un Comunicado Nacional (Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01 de fecha 24 de diciembre de 2008); Que, con fecha 9 de marzo de 2009 el Gobierno Regional publicó la Ordenanza Regional Nº 073- AREQUIPA que dispuso, además del inicio del Proceso del Presupuesto Participativo para el período 2010 de acuerdo a la normatividad en la materia y al Instructivo Nº 002-2008- EF/76.01, adicionalmente, la ratifi cación de la vigencia del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo aprobado con Ordenanza Regional Nº 052-AREQUIPA; Que, teniendo el Presupuesto Participativo un carácter anual y permanente; luego entonces, en la Ordenanza Regional Nº 073-AREQUIPA se advierte la necesidad incorporar un Disposición Complementaria Final que de manera específi ca permita que el Proceso del Presupuesto Participativo además de ser permanente, pueda ser efi caz y efectivo considerando la realidad territorial y organizativa de la Región, en función a sus particularidades y experiencias previas; Que, por estas consideraciones, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055- AREQUIPA; Estando al Dictamen de Comisión Nº 012-2009-GRA- CRA/CPP de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa; SE ORDENA: Artículo 1º.- Disposición Complementaria Adiciónese a la Ordenanza Regional Nº 073- AREQUIPA de 9 de marzo de 2009, la siguiente Disposición Complementaria Final: “Incorpórese al proceso del presupuesto participativo las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29298 y el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01”. Artículo 2º.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. JEISTER DAVID CHAVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa En Arequipa, a los tres días del mes de julio del dos mil nueve