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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de julio de 2009 399403 De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Acumular los Expedientes Nºs. 011139, 013381, 014122, 009384, 011572, 013755, 012795, 014090 y 011695. Artículo 2º .- Prorrogar con efi cacia anticipada al 1 de julio de 2009 y hasta 31 de octubre de 2011 la delegación de la facultad de expedir Certifi cados de Origen a los exportadores, otorgada a la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio de Lima, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes. Asimismo, prorrogar con efi cacia anticipada al 1 de junio de 2009 y hasta el 31 de octubre de 2011 la delegación de la facultad de expedir Certifi cados de Origen a los exportadores, otorgada a la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana y a la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Agricultura. Artículo 3°.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios que cada una de las instituciones mencionadas han suscrito con el MINCETUR y a las Adendas respectivas que se deben suscribir por efecto de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del MINCETUR, las Adendas correspondientes a las prórrogas referidas en el Artículo 2° de la presente Resolución Ministerial, debiendo cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para tal efecto de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 375103-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público -Enfoque por Resultados-” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2009-EF/76.01 Lima, 17 de julio de 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en el marco del Sistema de la Administración Financiera del Sector Público, y conforme al artículo 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, tiene entre sus competencias la de promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que el numeral 79.1 del artículo 79° de la Ley N° 28411, establece que el Presupuesto por Resultados es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario en una visión de logro de productos, resultados y uso efi caz y efi ciente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado. Que, como parte de las reformas en materia de gestión presupuestaria que viene impulsando la Dirección Nacional del Presupuesto Público a efectos de mejorar la efi cacia del gasto público, mediante la Resolución Directoral N° 022-2009-EF/76.01 se ha aprobado la Directiva N° 002-2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público – Enfoque por Resultados”, que contiene disposiciones generales y permanentes orientadas a que las entidades de los niveles del Gobierno Nacional, programen y formulen su presupuesto institucional en base a Productos y Resultados; Que, a efectos de precisar la aplicación de algunas disposiciones de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público – Enfoque por Resultados”, resulta necesario establecer lineamientos de aplicación de las disposiciones que regulan la imputación de los gastos a nivel producto, así como, realizar algunas precisiones en torno a la identifi cación de productos y la vinculación con el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Que, asimismo, es necesario modifi car el plazo fi jado a las entidades para presentar la documentación para la programación de los Programas Estratégicos, señalada en el artículo 8° del Anexo III de la Programación Presupuestaria Estratégica – Presupuesto por Resultados – de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público – Enfoque por Resultados – en razón a que la información requerida es necesaria para realizar la programación del presupuesto que requerirán los Programas Estratégicos para el 2009. En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados -.” Artículo 2°.- Establecer hasta el 07 de agosto de 2009, el plazo que tienen las entidades para presentar la documentación de los Programas Estratégicos, señalada en el artículo 8° del Anexo III de la Programación Presupuestaria Estratégica – Presupuesto por Resultados – de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público – Enfoque por resultados –. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público APÉNDICE “LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA N° 002-2009-EF/76.01, DIRECTIVA GENERAL PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO – ENFOQUE POR RESULTADOS” Artículo 1°.- Precisión respecto a la identifi cación de la población benefi ciaria de los productos Para la aplicación de lo señalado en los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Directiva N° 002-2009-EF/76.01, en la