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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de julio de 2009 399413 DEBE DECIR: ANEXO I CUADRO DE TIPIFICACIÓN, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES A LAS INFRACCIONES AL TRÁNSITO TERRESTRE CÓDIGO INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SANCIÓN PUNTOS QUE ACUMULA MEDIDA PREVENTIVA RESPONSA- BILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIE- TARIO M. 10 Abastecer de combustible un vehículo del servicio de transporte público de pasajeros con personas a bordo del vehículo Muy grave Multa 12% UIT 50 SÍ M. 11 Conducir vehículos de las categorías M o N sin parachoques o dispositivo antiempotramiento cuando corresponda; o un vehículo de la categoría L5 sin parachoque posterior, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos Muy grave Multa 12% UIT 50 Retención del Vehículo SÍ M. 35 Voltear en U sobre la misma calzada, en las curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel. Muy grave Multa 12% UIT 50 SÍ M. 36 Transportar carga sin los dispositivos de sujeción o seguridad establecidos Muy grave Multa 12% UIT 50 Retención del vehículo SÍ En el Artículo 2º, página 399340; DICE: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS (...) Décima Segunda.- Suspensión de la aplicación de las infracciones M.26 y G.64 para conductores de vehículos de la categoría L5 Suspéndase hasta el 31 de julio de 2010, la aplicación de las infracciones M.26 y G.64 contempladas en el Anexo I: Cuadro de Tipifi cación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre - I. Conductores del presente reglamento, para los conductores de vehículos de la categoría L5, con la fi nalidad de adoptar las acciones necesarias para que los vehículos de esta categoría cumplan con la obligación de someterse a la inspección técnica vehicular; así como regularizar su inscripción en la SUNARP, en cumplimiento de la Ley N° 28325.” DEBE DECIR: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS (...) Décima Segunda.- Suspensión de la aplicación de las infracciones M.27 y G.64 para conductores de vehículos de la categoría L5 Suspéndase hasta el 31 de julio de 2010, la aplicación de la infracciones M.27 y G.64 contempladas en el Anexo I: Cuadro de Tipifi cación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre - I. Conductores del presente reglamento, para los conductores de vehículos de la categoría L.5, con la fi nalidad de adoptar las acciones necesarias para que los vehículos de esta categoría cumplan con la obligación de someterse a la inspección técnica vehicular; así como regularizar su inscripción en la SUNARP, en cumplimiento de la Ley N° 28325.” DICE: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS (...) Décima Tercera.- Suspensión de la aplicación de la infracción M.4 para los titulares de Licencias de Conducir de la Clase B categoría II Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2010, la aplicación de la infracción M.4 señalada en el Anexo I: Cuadro de Tipifi cación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre - I. Conductores del presente reglamento, a los titulares de las licencias de conducir de la Clase B categoría II que conduzcan un vehículo de la categoría L5.” DEBE DECIR: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS (...) Décima Tercera.- Suspensión de la aplicación de la infracción M.5 para los titulares de Licencias de Conducir de la Clase B categoría II Suspéndase hasta el 31 de diciembre de 2010, la aplicación de la infracción M.5 señalada en el Anexo I: Cuadro de Tipifi cación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre - I. Conductores del presente reglamento, a los titulares de las licencias de conducir de la Clase B categoría II que conduzcan un vehículo de la categoría L5.” 375525-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Designan Director de Transferencia Tecnológica del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 164-09-IPEN/PRES Lima, 21 de julio de 2009 VISTO: El Memorándum No. 061-09-PRES, de fecha 21 de julio de 2009, sobre designación de cargo de confi anza. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Director de Transferencia Tecnológica, Nivel D-4, del Instituto Peruano de Energía Nuclear; Que, en tal sentido resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo de confi anza;