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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de julio de 2009 399410 Artículo 2°.- Designar al médico cirujano Carlos Alberto Malpica Coronado, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F- 4, de la Ofi cina de Movilización y Defensa Civil de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese, OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 375446-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Saavedra Motores S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular - GNV, en local ubicado en el distrito de Comas, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2266-2009-MTC/15 Lima, 24 de junio de 2009 VISTOS: Los Expedientes de registros con Nºs. 2009-008932, 2009-011148 y 2009-011292 de fechas 23 de abril del 2009, 4 de junio del 2009 y 8 de junio del 2009 respectivamente, presentados por la empresa SAAVEDRA MOTORES S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 539-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante los Expedientes señalados en visto cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa SAAVEDRA MOTORES S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990- 2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa SAAVEDRA MOTORES S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en Avenida Universitaria Nº 9814, Urbanización La Alborada, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa SAAVEDRA MOTORES S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 20 de abril del 2010 Segunda Inspección anual del taller 20 de abril del 2011 Tercera Inspección anual del taller 20 de abril del 2012 Cuarta Inspección anual del taller 20 de abril del 2013 Quinta Inspección anual del taller 20 de abril del 2014 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa SAAVEDRA MOTORES S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 06 de marzo del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 06 de marzo del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 06 de marzo del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 06 de marzo del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 06 de marzo del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 372668-1 Modifican la Directiva N° 006-2009- MTC/15 “Procedimientos para la Detección de Infracciones mediante Acciones de Control en las Vías Públicas de la Red Vial Nacional y Departamental o Regional” y precisan la infracción al Tránsito Terrestre de “Abastecer de combustible un vehículo de servicio de transporte público de pasajeros con personas a bordo del vehículo” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2480-2009-MTC/15 Lima, 20 de julio de 2009