Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2009 (02/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

396866

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de junio de 2009

seleccion, solamente podran dar lugar a la interposicion del recurso de apelacion; el mismo que sera conocido y resuelto por el Titular de la Entidad siempre y cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); asimismo, precisa que el Titular de la Entidad podra delegar la potestad de resolver el recurso de apelacion y que el funcionario a quien se otorgue dicha facultad sera responsable por la emision del acto que resuelva el recurso; Que, los articulos del 104° al 115° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°184-2008-EF, establecen las formalidades, plazos, efectos, requisitos y tramites de admisibilidad, causales de improcedencia, garantias de interposicion, tramitacion de los Recursos de Apelacion, asi como el contenido que deben observar las resoluciones y el agotamiento de la via administrativa; precisandose en el articulo 113° del referido cuerpo normativo, que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la facultad de resolver los recursos de apelacion, sin que en ningun caso dicha delegacion pueda recaer en los miembros del Comite Especial o en el organo encargado de las contrataciones de la Entidad; Que, las normas MORDAZA descritas han creado nuevas obligaciones al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, relacionadas con la competencia para recibir los Recursos de Apelacion cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), verificar los requisitos de admisibilidad, aplicar el tramite de admisibilidad, registrar en el SEACE los Recursos de Apelacion, rechazar de plano los Recursos de Apelacion cuando corresponda, solicitar la subsanacion de la omision de los requisitos de admisibilidad, declarar la improcedencia, tramitar los Recursos de Apelacion, disponer la acumulacion, correr traslado a los postores que pudieran resultar afectados, conceder el uso de la palabra al impugnante, emitir la Resolucion que atienda el Recurso de Apelacion y notificarla a traves del SEACE, aceptar los desistimientos y disponer la ejecucion de las garantias; Que, el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos de la Entidad, aprobado con Resolucion Jefatural N°269-2009-JNAC/RENIEC (19MAY2009), establece en su numeral 27 el procedimiento administrativo a seguir en los Recursos de Apelacion que se presenten en procesos de seleccion cuyo valor referencial no supere las seiscientas Unidades Impositivas Tributarias (600 UIT), definiendose como el area donde se inicia el procedimiento la de Tramite Documentario; correspondiendo a la Secretaria General la aprobacion del tramite; Que, el numeral l) del articulo 16° el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad, aprobado por Resolucion Jefatural N°273-2009-JNAC/RENIEC (20MAY2009), establece que la Secretaria General podra ejecutar otras funciones y atribuciones que le asigne el Jefe Nacional; Con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, asi como en la Ley N°26497 ­ Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de Organizacion y Funciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar a la Secretaria General del RENIEC las facultades relacionadas con la competencia para recibir los Recursos de Apelacion cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), verificar los requisitos de admisibilidad, solicitar la subsanacion de la omision de los requisitos de admisibilidad, aplicar el tramite de admisibilidad, registrar en el SEACE los Recursos de Apelacion, rechazar de plano los Recursos de Apelacion cuando corresponda, declarar la improcedencia, tramitar los Recursos de Apelacion, disponer la acumulacion, correr traslado a los postores que pudieran resultar afectados, conceder el uso de

la palabra al impugnante, emitir la Resolucion que atienda el Recurso de Apelacion y notificarla a traves del SEACE, aceptar los desistimientos y disponer la ejecucion de las garantias. Articulo 2º.- Autorizar al Secretario General del RENIEC la emision de los actos que resuelvan los Recursos de Apelacion cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme a lo descrito en el Articulo Primero. Articulo 3°.- Encargar a las Gerencias de Administracion, Informatica y Asesoria Juridica el apoyo correspondiente a la Secretaria General para el correcto desarrollo de la delegacion conferida. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 355193-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Estructura Organica el Reglamento de Organizacion Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 145-MDPP MORDAZA MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en la Sesion Ordinaria de la fecha aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA (ROF), que consta de IV Titulos, 73 Articulos y 07 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal adopte las acciones necesarias para la adecuacion de las Unidades Organicas de la Municipalidad a la nueva estructura organica aprobada mediante la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 105MDPP de fecha 06 de MORDAZA del 2007, asi como todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional (www.munipuentepiedra.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 354818-1

y y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.