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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (25/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de junio de 2009 398084 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 – “Ley de Bases de la Descentralización” en su Artículo 17.1 dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo, Presupuestos y en la Gestión Pública. Que, la Ley Nº 29298 – Ley que Modifi ca la Ley Nº 28056, “Ley Marco del Presupuesto Participativo”, modifi ca los Artículos 4º,5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056. Que, mediante Ley Nº 28056 – “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento – Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos locales. Que, de acuerdo a lo normado en el instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo”, aprobado por Resolución Directoral Nº 021-20008-EF/76.01, publicado el viernes 11 de abril del 2008, en el cual establece los lineamientos para orientación del desarrollo articulado del Proceso Participativo, con un horizonte de mediano plazo. Que, el comunicado Nº 026-2008-EF/76.01, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 24 de diciembre del 2008, establece el inicio y cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2010., siendo de vigencia permanente y de cumplimiento obligatorio. En uso de las facultades establecidas en el artículo 40º de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, y con el voto por Unanimidad el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO – CHOSICA PARA EL AÑO 2010 TÍTULO I Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por fi nalidad promover la participación ciudadana en la formulación, gestión y evaluación del presupuesto municipal recogiendo sus necesidades de manera prioritaria para incorporarlo dentro del Programa de Inversión Municipal y permita alcanzar los objetivos de desarrollo del Distrito y satisfacer de manera concertada las necesidades e intereses de la población. Se declara de interés y de necesidad pública el fomento de acciones de participación, concertación y desarrollo planifi cado para el logro de los objetivos comunes de la población a través del Presupuesto Participativo. a) Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las relaciones de confi anza. b) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado, propiciando una cultura de responsabilidad fi scal, sobre la base de acuerdos concertados. c) Reforzar la relación entre el municipio y la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismos de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. d) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y las obligaciones que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores, en el funcionamiento del Municipio y en el desarrollo sostenible del territorio donde habitan. e) Crear y desarrollar, a partir de la normativa existente, políticas públicas y condiciones institucionales que promuevan la generación y ejecución de la inversión privada. f) Buscar el aumento de la competitividad Regional y Local, así como la superación de la pobreza a través de mejoras sustantivas en infraestructura, nivel de educación, cobertura de salud, seguridad jurídica, establecimiento de derechos de propiedad, adecuada regulación en estándares de calidad y sanidad, entre otros. g) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas en el Proceso del Presupuesto Participativo; así como la vigilancia de la acción pública en general, fortaleciendo las capacidades locales para el desarrollo del Presupuesto Participativo. Artículo 2º ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación comprende las seis (06) zonas en que está dividido el distrito de Lurigancho – Chosica. Zona I Jicamarca Zona II Cajamarquilla Zona III Huachipa - Nievería Zona IV Carapongo - Ñaña Zona V Margen Derecha - Huampaní Zona VI Margen Izquierda Artículo 3º.- DE LAS FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Proceso del Presupuesto Participativo tiene las fases siguientes: a) Preparación. b) Convocatoria. c) Identifi cación y Registro de los Agentes Participantes. d) Capacitación a los Agentes Participantes. e) Desarrollo de Talleres de Trabajo. f) Rendición de Cuentas. g) Evaluación Técnica de Prioridades. h) Formalización de los Acuerdos. Artículo 4º.- FORMALIZACIÓN DE LOS ACUERDOS Los resultados del Proceso de Presupuesto Participativo a nivel distrital consolidados por el Equipo Técnico en el Documento del Presupuesto Participativo presente, incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico y fi nanciero de las propuestas por la Ofi cina de Programación de Inversiones, son presentados por el Alcalde, en su condición de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital y al Concejo Municipal para la ratifi cación de los Proyectos de nivel Distrital priorizados por los agentes participantes y la Municipalidad . Los acuerdos se formalizarán suscribiendo el Acta respectiva. Los agentes participantes y los miembros del Consejo de Coordinación Local deben fi rmar el Acta de Acuerdos y Compromisos correspondientes, así como también los participantes que lo deseen. El Acta de Acuerdos y Compromisos suscrita y el Documento del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal al que corresponda son presentados al Consejo de Coordinación Local Distrital para su aprobación concertada, luego de lo cual son remitidos al Concejo Municipal para su aprobación ofi cial. El Alcalde dispondrá la publicación de ambos documentos en los medios disponibles para conocimiento de la comunidad. Copias de los mismos serán remitidas a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, junto con el Proyecto de Presupuesto Institucional en la fecha que se establezca oportunamente, de conformidad con las Directivas de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el respectivo año fi scal.