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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (25/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de junio de 2009 398077 Desconcentrado de la SUNARP que tiene a cargo el Registro de Martilleros Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27728, su modifi catoria Ley Nº 28371 y Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008-JUS. Décimo.- En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 86º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS, el artículo 32° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS y la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 083-2007-SUNARP/SN de fecha 07 de marzo del 2007, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de marzo del 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la HABILITACION de los Martilleros Públicos Miguel Jiménez Mostajo con registro N° 80, César Armando Zapata Obando con registro N° 241 y Eduardo Ascue Castro con registro N° 244 para el ejercicio de sus funciones en el año 2009, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución Jefatural N° 092-2009-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 12 de febrero del 2009 y disponer que la Ofi cina de Tesorería de la Zona Registral N° XI – Sede Lima mantenga en custodia los Certifi cados de Depósitos N° 2009011300007 equivalente al monto de S/. 50.00 pagado por el Martillero Público Miguel Jiménez Mostajo, N° 2009000700021 equivalente al monto de S/. 75.00 pagado por el Martillero Público César Armando Zapata Obando y N° 2009000600066 equivalente al monto de S/. 75.00 pagado por el Martillero Público Eduardo Ascue Castro, debiendo remitir copias de dichos Certifi cados a la Gerencia de Bienes Muebles, a fi n de que éstas sean agregadas a los legajos personales de los mencionados Martilleros Públicos. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, disponga las acciones necesarias para la oportuna publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Jefe de la Zona Registral Nº IX Sede Lima 364709-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de Juez titular del Primer Juzgado Especializado Penal de la Provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali a una plaza vacante de igual jerarquía y especialidad en el Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 144-2009-CE-PJ Lima, 7 de mayo de 2009 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Julio César Lagones Espinoza, Juez titular del Primer Juzgado Especializado Penal de la Provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Julio César Lagones Espinoza, Juez titular del Distrito Judicial de Ucayali, a una plaza de igual jerarquía y especialidad en la Corte Superior de Justicia de Junín; se sustenta en el Informe Médico N° 00817-DM-RAUC-ESSALUD-2007, de fojas 18, emitido por los doctores Oscar Marcelino Cornejo Chávez y José Luis Solari Espino, Director y Médico Cirujano, respectivamente, de la Red Asistencial ESSALUD – Ucayali, mediante el cual se indica que el magistrado recurrente ha sido atendido en el mencionado nosocomio por presentar lumbalgia con ciática, rinitis alérgica y trastorno ansioso depresivo; motivo por el cual se le recomienda continuar con fi sioterapia y rehabilitación, así como evaluación por especialidad en Hospital de mayor complejidad, y cambio de área geográfi ca residencial y laboral para evitar exposición a alérgenos; Segundo: Que, de igual modo, obra a fojas 19 el Informe Médico N° 0122-SMI-DM-HIV-HYO-GRAJ- ESSALUD-2007, expedido por el doctor Adolfo Paúcar Mejía, Médico Cirujano Internista del Hospital IV ESSALUD - Huancayo, en el cual aparece que el nombrado magistrado cuenta con historia de rinorrea intensa, prurito el cual mejora ostensiblemente al cambiar de área geográfi ca; destacándose el hecho que conforme al diagnóstico en la ciudad de Huancayo desaparece la sintomatología que en el lugar donde labora se presenta como rinitis alérgica, lumbociática Izquierda y síndrome ansioso - depresivo; Tercero: Que, para los efectos de la aplicación del artículo 8° del Reglamento de Traslados de Magistrados, modifi cado por Resolución Administrativa N° 218-2008- CE-PJ, de fecha 07 de agosto de 2008, el señor Julio César Lagones Espinoza ha cumplido con presentar a fojas 41 Declaración Jurada con fi rma certifi cada por Notario de no tener incompatibilidad por parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo grado de afi nidad y de matrimonio con servidores o magistrados del Distrito Judicial de Junín; Cuarto: Que, siendo esto así, fl uye del análisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas por el magistrado recurrente, a que se refi ere el artículo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de Junín, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Juez Especializado Penal; Quinto: Que, sin perjuicio de ello, es menester precisar en cuanto al pedido de traslado por unidad familiar, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre este extremo, a razón de que la citada solicitud conforme se desprende de los considerandos precedentes resulta fundada por motivo de salud; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivo de salud presentada por el señor Julio