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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (25/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de junio de 2009 398075 VISTO: El expediente Nº 2009020012, presentado por Empresa Financiera Edyfi car S.A. y el Informe Interno N° 0340-2009-EF/94.06.3, del 23 de junio de 2009, de la Dirección de Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 030- 2009-EF/94.11, del 28 de mayo de 2009, se aprobó el trámite anticipado, inscribió el “Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Empresa Financiera Edyfi car S.A.” hasta por un monto en circulación de S/. 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Asimismo, se procedió a inscribir los valores correspondientes a la emisión denominada “Primera Emisión del Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Edyfi car” hasta por un monto en circulación de S/. 25 000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 Nuevos Soles), y registrar el complemento del prospecto marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, Empresa Financiera Edyfi car S.A. el 19 de junio de 2009 solicitó el registro de actualización del complemento del prospecto marco señalado en el párrafo precedente por variación fundamental; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, cualquier modifi cación que se efectúe al prospecto complementario deberá ser presentada a CONASEV, acompañando la documentación e información pertinente, con anterioridad a su entrega a los inversionistas, debiendo suspenderse la colocación o venta hasta que se hubiere registrado la modifi cación; Que, Empresa Financiera Edyfi car S.A. ha solicitado el registro de la modifi cación por variación fundamental del numeral 2.1.15, “Determinación del Rendimiento” del complemento del prospecto marco de la “Primera Emisión del Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Edyfi car”, para tal efecto adjuntó a su solicitud la actualización de las cláusulas 3.10 y 3.11 del complemento del acto marco del referido programa; Que, Empresa Financiera Edyfi car S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores; el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, para el caso de inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de actualizaciones de prospectos informativos en el supuesto de variaciones fundamentales; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores así como a lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, que faculta a la Dirección de Emisores para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas públicas primarias y todo trámite vinculado a éstas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer el registro de la actualización, por variación fundamental, del complemento del prospecto marco correspondiente a la “Primera Emisión del Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Edyfi car” en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Empresa Financiera Edyfi car S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de entidad estructuradora; a Cavali S.A. ICLV; y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL RODRIGUEZ VARGAS Director de Emisores (e) 364746-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aceptan renuncia de Asesor del Superintendente Adjunto de la SUNARP RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 173-2009-SUNARP/SN Lima, 23 de junio de 2009 VISTO, el escrito de fecha 17 de junio de 2009, presentado por el señor Javier Enrique Galdos Carvajal, Asesor del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, mediante la cual presenta su renuncia al cargo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 069-2008-SUNARP/ SN de 27 de febrero de 2008, se designó en el cargo de confi anza de Asesor del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos al señor Javier Enrique Galdos Carvajal; Que, al señor Asesor del Superintendente Adjunto se le encargaron las funciones de Jefe de la Unidad de Desarrollo de Proyectos de la SUNARP; Que, en virtud del documento de Visto, el señor Asesor del Superintendente Adjunto ha presentado su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo de ley para hacer efectiva la renuncia; Que, es facultad del empleador la exoneración del plazo legal para hacer efectiva la renuncia; razón por la cual, la misma podrá hacerse efectiva a partir del 30 de junio de 2009; De conformidad al artículo 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de los funcionarios públicos, y al literal n) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar a partir del 30 de junio del 2009, la renuncia del señor Javier Enrique Galdos Carvajal al cargo de Asesor del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dándosele las gracias por los servicios prestados a la SUNARP. Artículo Segundo.- Exonerar al funcionario del cumplimiento del plazo de treinta (30) días, establecido en el artículo 18º del Texto Único Ordenado del D. Leg.