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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de marzo de 2009 391730 destitución, por lo que en uso de las facultades previstas por los artículos 154 inciso 3 de la Constitución Política, 31 numeral 1 y 34 de la Ley Nº 26397, y 35 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión de 13 de noviembre de 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por la Junta de Fiscales Supremos, y en consecuencia, destituir al doctor Leonidas Franz Navia Molina, por su actuación como Fiscal Provincial Titular Mixto designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huanta. Artículo Segundo.- Disponer la cancelación del título de Fiscal Provincial Mixto de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho, al Fiscal destituido, doctor Leonidas Franz Navia Molina. Artículo Tercero.- Disponer la inscripción de la medida a que se contrae el artículo segundo de la presente resolución en el registro personal del Fiscal destituido, debiéndose asimismo cursar ofi cio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y a la señora Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese. EDMUNDO PELAEZ BARDALES EDWIN VEGAS GALLO FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR ANIBAL TORRES VASQUEZ MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ EFRAIN ANAYA CARDENAS CARLOS MANSILLA GARDELLA 317197-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones a Oficinas de Registros de Estado Civil que funcionan en Municipalidades de Centros Poblados de los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Junín, Arequipa, Cajamarca y Pasco RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 108-2009-JNAC/RENIEC Lima, 25 de febrero de 2009. VISTOS: los Informes Nºs. 012, 013, 014, 015, 016, 009, 010, 011, 026-2009/SGIRC/GRC/RENIEC emitidos por la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles y el Informe Nº 0016-2009-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, las Ofi cinas Registrales que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados a que se refi eren los informes del visto, han formalizado expedientes de regularización de las Ofi cinas Registrales en sus respectivas localidades, los mismos que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Que, sin perjuicio del cumplimiento de la regla del expediente administrativo único, cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, se podrá emitir un solo documento bajo una misma motivación, conforme a lo establecido en los artículos 4.4 y 150 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley 27444; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los siguientes Centros Poblados: CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO MUNMALCA SARIN SÁNCHEZ CARRIÓN LA LIBERTAD LA LIBERTAD DE AMPURCO SALCAHUASI TAYACAJA HUANCAVELICA TALHUIS COMAS CONCEPCIÓN JUNÍN EL CARMEN SAMUEL PASTOR CAMANÁ AREQUIPA EL VERDE CHALAMARCA CHOTA CAJAMARCA SANTÍSIMA TRINIDAD DE VILLO YANAHUANCA DANIEL CARRION PASCO CERPAQUINO SARIN SÁNCHEZ CARRIÓN LA LIBERTAD CHICLIN CHICAMA ASCOPE LA LIBERTAD EL ALUMBRE BAMBAMARCA HUALGAYOC CAJAMARCA Artículo 2º.- Los Jefes de las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados señalados en el artículo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a las Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución. Por otro lado, corresponderá a la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles, orientar e impartir instrucciones a dichas Ofi cinas, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 318249-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Amplían plazo para acogerse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 015-2008-GRL-CR referente al Plan de Regularización y Saneamiento de las Deudas ORDENANZA REGIONAL N° 001-2009-GRL-CR Villa Belén, 6 de febrero de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO