Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2009 (03/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 3 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

391719

debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Malaga Ego-Aguirre Pasajes (*) US$ 852.00 Viaticos por dia US$ 220.00 Numero Total de viaticos dias US$ 3+1 880.00

Articulo 2º.- Para el cierre de las planillas, los empleadores obligados deben presentar una solicitud ante la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo o MORDAZA de Trabajo del lugar donde fue autorizado el libro de planillas o las hojas sueltas, adjuntando una MORDAZA de la MORDAZA planilla utilizada e indicando que el cierre se produce por el inicio del llevado de la planilla electronica. Articulo 3º.- El anexo que se aprueba a traves de la presente resolucion se publica en el MORDAZA electronico del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, www.mintra.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

(*) Incluye tarifa de uso de aeropuerto, Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante su participacion en el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores

318119-1

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador a persona natural por presunta responsabilidad en el incumplimiento de obligaciones derivadas de contrato
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
EN SESION DEL 18.12.2008, LA TERCERA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE 3865/2007.TC.- RELACIONADO CON LA PROCEDENCIA DEL INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR en CONTRA DEL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTILLO.

318103-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban cronograma para el cierre de planillas llevadas de acuerdo al D.S. Nº 001-98-TR que deberan observar los empleadores obligados a llevar la planilla electronica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-2009-TR
MORDAZA, 2 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA disposicion complementaria transitoria del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR establece que los empleadores obligados a llevar la planilla electronica conforme al articulo 2º de la misma MORDAZA, deben cerrar las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 00198-TR mediante comunicacion a la Autoridad Administrativa de Trabajo, adjuntando MORDAZA de la MORDAZA planilla utilizada e indicando que el cierre se produce por el inicio del llevado de la planilla electronica; Que, la Resolucion Ministerial Nº 020-2008-TR dispone en su articulo 2º que los empleadores obligados a utilizar la planilla electronica, efectuaran el cierre de las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR, a partir de enero del ano 2009, observando el cronograma que se aprobara por Resolucion Ministerial del Sector Trabajo y Promocion del Empleo; Que, es necesario emitir el acto a traves del que se apruebe el cronograma al que se refiere el considerando precedente; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 8° de la Ley N° 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el literal d) del articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cronograma que los empleadores obligados a llevar la planilla electronica, deben observar para el cierre de las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion ministerial.

ACUERDO 495 /2008.TC-S3 de 19 DIC. 2008
VISTOS, los antecedentes del Expediente 3865/2007. TC; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 25 de junio de 2007, la Municipalidad Provincial de Morropon-Chulucanas, departamento de MORDAZA, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa de Productos Agricolas 001-2007MPM-CH-CA (arroz y arvejas), dentro del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, resultando adjudicatario a prorrata, entre otros, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo. SEGUNDO: Que, el 4 de MORDAZA de 2007, la Entidad y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato 022-2007-MPM-CH, para la adquisicion de 1 593 toneladas metricas de arroz para consumo humano, por un monto ascendente a S/. 2 708,10 (Dos mil setecientos ocho y 10/100 nuevos soles). TERCERO: Que, mediante Carta Notarial 034-2007-MPM-CH-GM, diligenciada el 10 de agosto de 2007, la Entidad otorgo al Contratista el plazo de cinco (5) dias calendario a fin que cumpliera con las obligaciones derivadas del referido contrato. CUARTO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia 23142007-MPM-CH-A de fecha 27 de agosto de 2007, la Entidad resolvio el Contrato 022-2007-MPM-CH, en razon a que el Contratista no habia cumplido con hacer entrega de los bienes objeto del contrato acotado. QUINTO: Que, mediante Oficio 389-2007-MPM-CH-A de fecha 10 de setiembre de 2007, la Entidad denuncio al Contratista ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, por su supuesta responsabilidad en haber dado lugar a la resolucion del Contrato 022-2007-MPM-CH. SEXTO: Que, mediante decreto de fecha 13 de diciembre de 2007, a efectos de iniciar el procedimiento administrativo sancionador al Contratista, el Tribunal requirio a la Entidad que subsanase su comunicacion y remitiera, entre otros, la comunicacion diligenciada por conducto notarial mediante la cual se le

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