Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2009 (22/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de marzo de 2009 392841 se estableció su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y funciones; Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2008- MINAM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, estableciéndose las dependencias orgánicas del mismo y las funciones respectivas; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que se desempeñará en el cargo de Director General de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo establecido en el artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 16 de marzo de 2009, al señor FREDDY MIGUEL INJOQUE RONCEROS, como Director General de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 326602-2 Aceptan renuncia de Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2009-MINAM Lima, 13 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 081-2008- MINAM, publicada con fecha 16 de diciembre de 2008, se designó al señor LENIN WILLIAM POSTIGO DE LA MOTTA, en el cargo de Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto administrativo por el cual se acepta la renuncia formulada por el indicado funcionario; De conformidad con lo establecido en el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 15 de marzo de 2009, la renuncia formulada por el señor LENIN WILLIAM POSTIGO DE LA MOTTA, al cargo de Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente - MINAM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 326602-1 ECONOMIA Y FINANZAS Constituyen Comités Especiales en PROINVERSION: Pro Integración, Pro Conectividad, Pro Agua, Pro Puertos y Pro Valor RESOLUCIÓN SUPREMA N° 036-2009-EF Lima, 21 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2009- EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Que, el Artículo 10° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que los Comités Especiales que están conformados por los Comités de PROINVERSIÓN se constituyen por Resolución Suprema del Sector Economía y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN; Que, la nueva estructura de los Comités de PROINVERSIÓN tiene por objeto la especialización requerida para obtener los más altos niveles de efi ciencia en el diseño y la conducción de los procesos de promoción de la inversión privada y otros de su competencia en cumplimiento de sus funciones; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 10 de febrero de 2009, manifestó su conformidad con la constitución de cinco Comités Especiales que se encargarán de conducir los procesos de promoción de inversión privada de competencia de dicha Agencia; Que, asimismo, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 11 de marzo de 2009, acordó la constitución de cinco Comités Especiales: (i) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Vial, Infraestructura Ferroviaria e Infraestructura Aeroportuaria – PRO INTEGRACIÓN; (ii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD, (iii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Saneamiento e Irrigación – PRO AGUA, (iv) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria – PRO PUERTOS, y (v) Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado – PRO VALOR; cuyos miembros serán designados conforme a lo establecido en el literal f) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del Artículo 7° del antes referido Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, es función del Consejo Directivo dictar las directivas y demás normas con relación a las materias de su competencia como órgano rector máximo del proceso de promoción de la inversión privada; De conformidad con el numeral 4) del Artículo 11° de la Ley N.° 29158, Ley del Poder Ejecutivo y los Artículos 7° y 10° del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSION aprobado por Decreto Supremo N° 042- 2009-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir los siguientes Comités Especiales: a) El Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Vial, Infraestructura Ferroviaria e Infraestructura Aeroportuaria – PRO INTEGRACIÓN. b) El Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD.