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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2009 (22/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de marzo de 2009 392843 sobre la existencia del crédito presupuestario sufi ciente, orientado a la atención del gasto en el año fi scal 2009, según el artículo 5° del Apéndice “Lineamientos para la Aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 – Ley N° 29289”, aprobado por la Resolución Directoral N° 060-2008-EF/76.01 - La certifi cación de los gastos destinados a la contratación o nombramiento de personal, está contenida en el documento emitido por las unidades ejecutoras y/o administrativas, sobre la existencia de la plaza correspondiente y el crédito presupuestario que garantice la disponibilidad de recursos, desde la fecha de ingreso del trabajador a la entidad hasta el 31 de diciembre del año fi scal 2009. - La certifi cación del gasto no genera, en ningún caso, el nacimiento de obligaciones con terceros, constituyendo sólo un acto de administración interno que garantiza que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente en el presupuesto institucional para realizar el compromiso del gasto y no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes. Compromiso: - El compromiso se genera con la obligación nacida de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio, debiendo el pliego reducir su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del respectivo documento ofi cial. Devengado: - El devengado se produce previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor, y se sustenta con la documentación pertinente de la entrega del bien o prestación del servicio. Artículo 4º.- De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 30.3 del artículo 30° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Calendario de Compromisos no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes; y no constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva; siendo la Ofi cina de Presupuesto y la Ofi cina General de Administración del pliego o las que hagan sus veces, responsable de que la ejecución del gasto se ajuste al Principio de Legalidad conforme al Artículo IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 5°.- Dejar en suspenso las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Artículo 6°.- Disponer que la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada – PPTM del segundo trimestre se aprueba el 25 de marzo de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 326969-1 INTERIOR Autorizan viaje del Procurador Público Especializado en Delitos de Terrorismo a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2009-IN Lima, 21 de marzo de 2009 Visto, el Ofi cio Nº 089-2009-JUS/DM de fecha 11 de marzo de 2009 y la comunicación del 19 de marzo de 2009, remitidos por la señor Ministra de Justicia y la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, el Ministerio de Justicia ha manifestado que el Estado Peruano ha sido notifi cado para que comparezca el 24 de marzo de 2009 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por “Procesos Judiciales en casos de violación de derechos humanos durante el confl icto armado interno entre 1980 y 2000 en Perú” y “Justicia Militar y Policial en el Perú”, dentro del marco del 134º Período Ordinario de Sesiones, en el cual el Estado Peruano debe llevar a cabo audiencias temáticas de trabajo que tienen por objeto supervisar la actuación internacional del estado; Que, asimismo la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado señala que le día 23 de marzo de 2009 se llevará a cabo el entrenamiento previo a las diligencias señaladas en el considerando precedente, y el 26 de marzo se efectuará una reunión de trabajo con el presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y demás comisionados, eventos a los que debe asistir un representante del Estado Peruano; Que, en ese sentido la señora Ministra de Justicia considera relevante e imprescindible la participación del señor Julio César Galindo Vásquez, Procurador Público Especializado en Delitos de Terrorismo, por cuanto ambos temas programados para las audiencias internacionales que se van a comparecer ante dicha Comisión, abarcan aspectos que son manejados por el mencionado funcionario, quien viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a fi n de asistir a las Audiencias Públicas programadas en el marco del 134º Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH; Que, mediante Resolución Suprema Nº 178-2007- JUS de fecha 31 de octubre de 2007, se designó al doctor Julio César Galindo Vásquez, como Procurador Público Especializado para Delitos de Terrorismo; Que, mediante Oficio Nº 1109-2009-IN-0503, el Director General de la Oficina General de Administración remite al Secretario General del Ministerio del Interior, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 646- 2009-IN-0503 del 19 de marzo de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específica del Gasto 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones y 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por comisión de servicio a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del Procurador Público, Julio César Galindo Vásquez, a partir del 22 al 26 de marzo de 2009, en el marco de su participación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y la Resolución de Autorización de Viajes al Exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo y el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA); Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de