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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2009 (03/05/2009)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de mayo de 2009 395352 PODER EJECUTIVO PRODUCE Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de empresas y persona natural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 268-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 15 de abril del 2009 Visto el escrito de Registro N° 00022694 de fecha 26 de marzo de 2009, presentado por PESQUERA YOLY S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modifi cado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Así mismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolución Directoral N° 124-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 21 de mayo del 2003, se otorga permiso de pesca a MANUEL FERNANADO SANCHEZ ULLOA y su cónyuge YOLANDA TERESA LOPEZ HUARAZ, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “YOLY” de matrícula CE-19851- CM, de Arqueo Neto 20.77 equivalente a 86.98 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas (13 y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante el escrito del visto, PESQUERA YOLY S.A.C., representada por la señorita KATTY KATIA SANCHEZ LOPEZ solicita cambio de titular del Permiso de Pesca, para operar la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851-CM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, mediante Certifi cado Compendioso a fojas 20 del expediente administrativo se aprecia el Certifi cado Compendioso de Dominio de la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851-CM, aparece a nombre de LA FIDUCIARIA S.A. (dominio fi duciario), así mismo, indica que PESQUERA YOLY S.A.C., tiene la calidad de fi deicomitente; así mismo, el Artículo 19° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, modifi cado por Decreto Supremo N° 010-2009-PRODUCE, señala que en caso de que estas embarcaciones sean parte de un patrimonio fi deicometido, el armador deberá presentar el documento que acredite la constitución del fi deicomiso y una carta de autorización de la entidad fi duciaria. Estos documentos bastarán para que el cambio de titular proceda en los casos en donde el certifi cado de matrícula o el certifi cado compendioso de dominio se encuentren a nombre de la fi duciaria; así mismo, del Certifi cado de Matrícula, se advierte que la capacidad de bodega es la misma autorizada por la administración, por lo que el cambio de titular se daría en los mismos términos y condiciones; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851- CM presentado por la señorita KATTY KATIA SANCHEZ LOPEZ, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según informe N° 330-2009- PRODUCE-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de PESQUERA YOLY S.A.C. el cambio de titularidad del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851-CM, en los mismos términos y condiciones otorgados mediante Resolución Directoral N°124-2003-PRODUCE/DNEPP. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851-CM otorgado a MANUEL FERNANADO SANCHEZ ULLOA y su cónyuge YOLANDA TERESA LOPEZ HUARAZ; e incorporar PESQUERA YOLY S.A.C. como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación “YOLY” de matrícula CE-19851-CM, así como la presente Resolución, al literal J) del Anexo I de la Resolución Ministerial N° 084-2007-PRODUCE. Artículo 3°.- Condicionar la vigencia del permiso de pesca de la embarcación pesquera “YOLY” de matrícula CE-19851-CM al resultado del proceso judicial sobre la demanda contencioso administrativa, según lo informado en el Ofi cio N° 0346-2009-PRODUCE/OGA/OEC. Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 342274-15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 277-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 15 de abril del 2009 Visto los escritos con Registro Nº 00016911 del 05 de marzo y Registro Nº 00055170, del 23 de marzo de 2009, presentados por el señor JOSE CLEMENTE SANTISTEBAN BANCES.