Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2009 (03/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395357

Articulo 2º.- Excluir a la embarcacion pesquera denominada MI MORDAZA IV de matricula CO-3530-CM, del listado de embarcaciones pesqueras con suspension de zarpe, publicado por Resolucion Directoral Nº 0572003-PRODUCE/DNEPP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 342274-16

Aprueban cambio de titular de licencias de operacion de plantas de enlatado de productos hidrobiologicos a favor de MORDAZA Global S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 280-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2009 Vistos: Los escritos ingresados con los Registros Nºs. 00006349-2009 y 00006349-2009-1 de fecha 23 de enero y 17 de febrero de 2009 respectivamente, presentados por la empresa MORDAZA GLOBAL S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 098-2002PE/DNEPP de fecha 27 de marzo del 2002 se otorgo a la empresa FRUTOS MORDAZA S.A.C., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de enlatado de productos hidrobiologicos en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Centenario Nº 600, Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, con capacidad instalada de 818 cajas/turno; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 0262004-PRODUCE/DNEPP de fecha 19 de enero de 2004, se otorgo a FRUTOS MORDAZA S.A.C., licencia de operacion de una planta de harina de pescado residual, de caracter accesorio y de uso exclusivo para el procesamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas, provenientes de su actividad de enlatado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Centenario Nº 600, Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, con capacidad instalada de 3 t/ h de procesamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas; Que, el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, a traves de los escritos del visto, MORDAZA GLOBAL S.A.C., solicita el cambio de titular de las licencias de operacion de las plantas de enlatado de productos hidrobiologicos y de harina de pescado residual otorgadas mediante las Resoluciones Directorales senaladas en el primer y MORDAZA considerando respectivamente, a favor de FRUTOS MORDAZA S.A.C, en virtud del Convenio de Dacion en Pago de fecha 17 de enero de 2008, elevado a Escritura Publica con fecha 25 de setiembre de 2008 y las sucesivas aclaraciones, todas otorgadas ante el Notario de MORDAZA, Doctora MORDAZA Tambini MORDAZA, mediante el cual, la citada empresa adquiere el dominio del inmueble ubicado en Prolongacion Av. Centenario MORDAZA de MORDAZA ­ Callao (Inscrito en la Partida Electronica Nº 70049645, ahora Av. Centenario Nº 600 ­ MORDAZA ­ Callao), entregado en pago de las obligaciones que mantiene FRUTOS MORDAZA S.A.C., a favor de MORDAZA GLOBAL S.R.L., (ahora MORDAZA GLOBAL S.A.C.), por el precio de S/. 1'132,962.63; Que, mediante el Oficio Nº 2171-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 16 de marzo de 2009, se requiere a la empresa MORDAZA GLOBAL S.A.C., que aclare las

observaciones encontradas respecto a la ubicacion del citado establecimiento industrial pesquero mediante la MORDAZA del Certificado de Zonificacion y Vias expedido por la autoridad municipal correspondiente, a fin de determinar que se ubica en la Av. Centenario Nº 600, Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, precisandole que lo que se requiere es la version de la municipalidad donde precise que tales ubicaciones corresponden al mismo inmueble. Dicha observacion ha sido subsanada por la administrada al haberse acreditado que el establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Centenario Nº 600- Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, corresponde al que se encuentra inscrito en la Partida Electronica Nº 70049645 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Callao ­ MORDAZA Registral IX ­ Sede Lima; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la administrada ha acreditado la transferencia en propiedad del establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Centenario Nº 600, Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, lo que conlleva la transferencia de las licencias de operacion de las plantas de enlatado de productos hidrobiologicos y harina de pescado residual instaladas en el citado establecimiento otorgadas mediante las Resoluciones Directorales Nºs 098-2002-PE/DNEPP y 026-2004-PRODUCE/DNEPP, de fechas 27 de marzo de 2002 y 19 de enero de 2004 respectivamente; asimismo, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modificatorias, por lo consideramos pertinente otorgar el cambio de titular de las licencias de operacion de las plantas de enlatado de productos hidrobiologicos y de harina de pescado residual otorgadas mediante las Resoluciones Directorales Nº 098-2002-PE/DNEPP y 026-2004-PRODUCE/DNEPP, de fechas 27 de marzo de 2002 y 19 de enero de 2004, respectivamente, a favor de MORDAZA GLOBAL S.A.C, en virtud del Convenio de Dacion en Pago celebrada con su anterior propietaria FRUTOS MORDAZA S.A.C, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 214-2009PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de MORDAZA GLOBAL S.A.C., el cambio de titular de las licencias de operacion de las plantas de enlatado de productos hidrobiologicos y de harina de pescado residual instaladas en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Centenario Nº 600, Asentamiento Humano MORDAZA Bolognesi, Provincia Constitucional del Callao, Departamento de MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgadas a FRUTOS MORDAZA S.A.C., mediante las Resoluciones Directorales Nº 098-2002-PE/DNEPP y 026-2004PRODUCE/DNEPP, de fechas 27 de marzo de 2002 y 19 de enero de 2004, respectivamente, Articulo 2º.- MORDAZA GLOBAL S.A.C., debera operar sus plantas de procesamiento pesquero cumpliendo las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como de seguridad industrial pesquera; que garantice la optima calidad y sanidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 0402001-PE, asi como ejecutar las medidas de mitigacion ambiental segun los compromisos ambientales asumidos en su Declaracion Jurada. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de las capacidades instaladas de las plantas de procesamiento materia del cambio de titular, seran causal de caducidad del presente derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables, conforme a la normatividad vigente, segun corresponda.

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