TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de mayo de 2009 395364 Artículo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Cultura de Ayacucho, Huancavelica e Ica la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 343250-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 627/INC Lima, 20 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 228-2009-SDIC-DA/INC, de fecha 12 de febrero de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan Temporada 2005, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0130, de fecha 27 de febrero de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Anca Machay, Bruja Machay, Chicche Machay 2, Churcapacog, Galag Marka, Marka Punta, Misahagaga, Wawin Chuco, Murunhuayra, Pampa de Huayllacancha, Palpacancha, Hishancancha, Ancocoto, Vitacancha, Huancowaranga, Loma Gasha, Manchaycancha, Pampa Animas, Segui – Segui, Huangor, Azul Gaga, Antacanchan, Colca, Chicche Machay 1, Inca Machay, Llamamachay, Wawin Punta e Intimachay, ubicados en la provincia y departamento de Pasco; y Gigantón Pampa, ubicado en la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Pasco Provincia Pasco Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 arqueológico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Anca Machay Huariaca 370524 8843665 370301 8843294 Bruja Machay Huariaca 370543 8843473 370320 8843102 Chicche Machay 2 Huariaca 370573 8843763 370350 8843392 Churcapacog Huariaca 374144 8841351 373921 8840980 Galag Marka Huariaca 370394 8847189 370171 8846818 Marka Punta Huariaca 369316 8848395 369093 8848024 Misahagaga Huariaca 372495 8840581 372272 8840210 Wawin Chuco Huariaca 371206 8842285 370983 8841914 Murunhuayra San Francisco de Asís de Yarusyacan 370377 8841905 370154 8841534 Pampa de Huayllacancha San Francisco de Asís de Yarusyacan 362996 8823509 362773 8823138 Palpacancha Huayllay 340896 8788309 340674 8787939 Hishancancha Huayllay 342496 8789809 342274 8789439 Ancocoto Huayllay 336796 8786609 336574 8786239 Vitacancha Huayllay 343396 8787509 343174 8787139 Huancowaranga Huayllay 343296 8788309 343074 8787939 Loma Gasha Simón Bolivar 356496 8819209 356273 8818838 Manchaycancha Simón Bolivar 356696 8818009 356473 8817638 Pampa Animas Simón Bolivar 354096 8815009 353873 8814638 Segui - Segui Simón Bolivar 354396 8818909 354173 8818538 Huangor Simón Bolivar 352116 8820159 351893 8819788 Azul Gaga Yanacancha 366896 8817509 366673 8817138 Antacanchan Ninacaca 387818 8807727 387595 8807356 Colca Ninacaca 379085 8793847 378862 8793477 Departamento Pasco Provincia Daniel Alcides Carrión Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 arqueológico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Gigantón Pampa Yanahuanca 331546 8842883 331324 88425512 Departamento Pasco Provincia Pasco Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Chicche Machay 1 Huariaca 370596 8843723 370373 8843352 Inca Machay Huariaca 375196 8846609 374973 8846238 Llamamachay Huariaca 374428 8840567 374205 8840196 Wawin Punta Huariaca 371476 8841823 371253 8841452 Intimachay Huariaca 372343 8842401 372120 8842030 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Pasco la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 343250-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 628/INC Lima, 20 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones