Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2009 (03/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2009

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343054-1

Meta 19437: Integracion Politica y Negociaciones Economico-Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US$ 2,060.12 Viaticos por dia US$ 260.00 Numero Total Tarifa de viaticos aeropuerto dias US$ US$ 5+2 1,820.00 31.00

Autorizan viaje de funcionario para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones de un Acuerdo Comercial Multipartes entre Peru, Ecuador y Colombia con la Union Europea
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0706/RE MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Republica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Presidente de la Comision Europea, senor MORDAZA MORDAZA Durao Barroso, despues de constatar que no concurren las condiciones necesarias para un Acuerdo de Asociacion de region a region, acordaron iniciar negociaciones para la celebracion de un Acuerdo Comercial multipartes entre la Union Europea y los paises miembros de la Comunidad Andina; Que, las partes se reunieron en Bruselas del 22 al 23 de enero de 2009 y acordaron el MORDAZA general para la negociacion de un Acuerdo Comercial multipartes, ambicioso, exhaustivo y compatible con la OMC. Asimismo, adoptaron los objetivos, modalidades, formato y mesas de negociacion del mencionado Acuerdo; Que, respecto al Acuerdo Comercial multipartes se convino en realizar la tercera ronda de negociaciones en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 04 al 08 de MORDAZA de 2009; Que, en dicho contexto, el Ministerio de Relaciones Exteriores considera necesaria la participacion de un funcionario de la Oficina de Asesoria Juridica en la referida reunion para abordar, de manera permanente, las negociaciones de aspectos institucionales y solucion de controversias; Teniendo en cuenta el Memorandum (SAE) N° SAE0258/2009, de la Subsecretaria de Asuntos Economicos, de 21 de MORDAZA de 2009; De conformidad con el contrato del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Ministerio de Relaciones Exteriores; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario contratado, quien desempena funciones en la Asesoria Juridica del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 04 al 08 de MORDAZA de 2009, a fin que participe en la Tercera Ronda de Negociaciones de un Acuerdo Comercial Multipartes entre Peru, Ecuador y Colombia con la Union Europea. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision de servicios, el mencionado funcionario debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 343057-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a ECONOCABLE DATA S.A.C. para prestar servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-2009-MTC/03 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2008-051217 por la empresa ECONOCABLE DATA S.A.C. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; indicando como servicio a prestar inicialmente el servicio portador local en la modalidad de conmutado. CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar y renovar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente; la concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra

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