Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2009 (03/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 236-96-PE, de fecha 07 de MORDAZA de 1996, se otorgo a favor de MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge Luz I. MORDAZA V., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera artesanal de bandera nacional denominada MORDAZA GRAU de matricula PO-10379CM de 24.13 TM de capacidad de bodega para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm); Que con Resolucion Directoral Nº 045-98-CTARLL/DIREPE, del 28 de septiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adicion al otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 236-98-PE, al armador pesquero MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion MORDAZA GRAU de matricula PO-10379-CM de 33.0 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo y redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que mediante Resolucion Directoral Nº 288-2008PRODUCE/DGEPP del 30 de MORDAZA del 2008, entre otros, se acepta la renuncia formulada por el senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge LUZ MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA al derecho administrativo del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 236-96-PE; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 711-2008PRODUCE/DGEPP, del 18 de noviembre del 2008, se modifico el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 04598-CTAR-LL/ DIREPE, que otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion MORDAZA GRAU de matricula PO-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en el extremo referido a la matricula actual Nº PL-10379-CM; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, para lo cual adjunta los requisitos senalados en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que el Certificado Compendioso de Dominio expedido por la MORDAZA Registral Nº II ­ Sede Chiclayo consigna al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como propietario de la embarcacion pesquera MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379-CM; Que lo solicitado es concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de febrero de 2007, el cual establece que para las embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las

embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que asimismo el precitado Articulo establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento administrativo sancionador mediante acto administrativo firme o de confirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el Articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que se solicite su reincorporacion; Que mediante Oficio Nº 0272-2009-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 20 de marzo de 2009, la Oficina de Ejecucion Coactiva, informa que la embarcacion MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379-CM, tiene un procedimiento de ejecucion coactiva, signado con el Expediente Nº 3892008, el cual se encuentra suspendido, segun Resolucion Nº 00487-2008-S de fecha 11 de junio de 2008, por cuanto el administrado interpuso demanda contenciosa administrativa, ante el MORDAZA Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que corresponde otorgar el cambio de titular del permiso de pesca de la citada embarcacion pesquera, condicionando la vigencia del mismo al resultado del MORDAZA contencioso administrativo; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 315-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demas normas modificatorias y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimientos Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA GRAU con matricula Nº PL-10379-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado su permiso de pesca mediante Resolucion Directoral Nº 045-98-CTAR-LL/

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