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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de mayo de 2009 395359 hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado en lo que se refi ere a dicho recurso; y declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca para la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, debido a que la solicitante no ha cumplido con presentar el Protocolo Técnico Sanitario correspondiente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº323-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, demás normas complementarias y el Procedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Otorgar a favor de la señora ELIZABETH ZAGAL MUÑOZ, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera denominada GUIAME SEÑOR CAUTIVO de matrícula Nº PT-29565-CM y 61.53 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca presentada para la extracción de los recursos hidrobiológicos sardina, jurel y caballa, por no contar con el Protocolo Técnico Sanitario correspondiente. Artículo 3º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcación pesquera GUIAME SEÑOR CAUTIVO de matrícula Nº TA-18286-CM y excluir la Resolución Directoral Nº 034-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE- DR, modifi cada por Resolución Directoral Nº116-2008- PRODUCE/DGEPP, del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 4º .- Incluir el permiso de pesca otorgado a través de la presente Resolución, para operar la embarcación pesquera GUIAME SEÑOR CAUTIVO de matrícula Nº PT-29565-CM en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO A. ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 342274-20 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Paraguay para participar en la LVI Reunión del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0655/RE Lima, 23 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, en este marco, el Perú fue incorporado ofi cialmente como Estado Asociado al MERCOSUR, mediante la Decisión 39/03, de 15 de diciembre de 2003, que establece los mecanismos y modalidades de la participación de nuestro país como Estado Asociado en las reuniones de la estructura institucional del mismo; Que, mediante la Decisión 18/04, de 07 de julio de 2004 se fi jan las condiciones para la asociación de los países Miembros de la ALADI al MERCOSUR y reglamenta su participación en las reuniones de los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR; Que, la participación del Perú como Estado Asociado al MERCOSUR responde a una opción estratégica que trasciende lo estrictamente comercial, pues reconoce el gran potencial complementario que existe con los países miembros de dicho bloque en los ámbitos fronterizo, económico, de seguridad, político y de visión estratégica del espacio sudamericano; Que, el Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP), es el mecanismo institucional del MERCOSUR que permite canalizar el diálogo político entre los países miembros, resultado de la profundización del proceso de integración, y de sistematizar la cooperación política, la cual abarca todos los campos que no forman parte de la agenda económica y comercial; Que, del 04 al 05 de mayo de 2009, tendrá lugar en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, la LVI Reunión del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP); Que, en consecuencia, es necesario designar y autorizar el viaje del delegado peruano que participará en dicha Reunión; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría de Asuntos Económicos Nº SAE0253/2009, de 17 de abril de 2009; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar y autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Daniel Chávez-Taffur Schmidt, Director de la Comunidad Sudamericana de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 04 al 05 de mayo de 2009, a fi n que participe como delegado peruano en la LVI Reunión del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Carlos Daniel Chávez-Taffur Schmidt 1,175.00 200.00 2+1 600.00 31.00