Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2009 (11/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de MORDAZA de 2009 MORDAZA de terreno MORDAZA

PODER EJECUTIVO ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de ocupacion sobre bienes publicos a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 199-2009-MEM/DM
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente Nº 31205908, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad N° 10238; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, solicito imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad N° 10238, ubicada en la Avenida Los MORDAZA, frente a Mz. C, Lote 10, Sector MORDAZA Industrial El Asesor, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestacion; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110° y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 073-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad N° 10238, ubicada en la Avenida Los MORDAZA, frente a Mz. C, Lote 10, Sector MORDAZA Industrial El Asesor, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro:

Expediente 31205908

Area de MORDAZA de Servidumbre Propiedad Publica Subestacion de Distribucion Electrica Suelo: 6,00 m² y sus aires. N° 10238 Ubicacion: distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56): Vertice Norte Este A B C D 8 668 760,165 8 668 762,730 8 668 761,348 8 668 758,784 289 788,324 289 785,254 289 784,100 289 787,170

Descripcion de la servidumbre

Articulo 2°.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3°.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4°.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

342246-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-2009-MEM/DM
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente Nº 31205608, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10130; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, solicito imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10130, ubicada en la MORDAZA Los Libertadores, frente a la Mz. B, Lote 21, Asociacion de Vivienda Los Libertadores, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestacion; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 080-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia;

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