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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de mayo de 2009 395771 CONTRA LA DISCIPLINA CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN G19 Reincorporarse a su unidad hasta dos (2) días después de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad, sin causa justifi cada. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G20 Negar el conducto regular o impedir el trámite de un reclamo o petición amparada en la normativa vigente. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G21 Entorpecer, perjudicar o retardar, por acción u omisión, un procedimiento disciplinario. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G22 Omitir sancionar las conductas tipifi cadas como infracciones graves. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G23 Ocultar, omitir o alterar información en documentos relacionados con el desempeño de la función. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G24 Infl uir o valerse de infl uencias para que los integrantes del órgano disciplinario u órganos de personal omitan, en forma parcial o total, el cumplimiento de sus deberes en benefi cio propio o de terceros. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G25 Participar en accidentes de tránsito con vehículo policial sin estar autorizado para su manejo o con vehículo particular sin poseer licencia de conducir. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G26 Utilizar o manipular medios técnicos o informáticos, imágenes o sonidos de propiedad o uso de la Policía Nacional del Perú en benefi cio propio o de terceros. De 6 a 12 días de Arresto de Rigor. G27 Presentarse a su servicio, unidades de la Policía Nacional del Perú o superiores jerárquicos con signos de haber ingerido licor o negarse a pasar el dosaje etílico. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G28 Ingerir bebidas alcohólicas en unidades policiales o extrainstitucionales, salvo lo establecido en los planes ceremoniales para situaciones protocolares. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G29 Ocultar o encubrir la identidad propia o la de otros miembros de la Policía Nacional del Perú que hayan cometido infracción grave. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G30 Omitir informar sobre la comisión de infracciones graves o muy graves del personal de la Policía Nacional del Perú. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G31 Realizar servicio individualizado o particular estando con descanso médico, licencia, situación de disponibilidad o sometido a la Ley Nº 12633. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G32 Modifi car o alterar resoluciones, directivas, planes, instrucciones, órdenes u otras disposiciones vigentes en benefi cio propio o de terceros. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G33 Dar en garantía o utilizar en forma indebida el carné de identidad personal. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G34 Presionar al subordinado para que no efectúe reclamos o peticiones cuando le asiste este derecho o incitarlo a que interponga reclamos injustifi cados. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G35 Actuar con manifi esta parcialidad al evaluar el desempeño del personal de la Policía Nacional del Perú. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G36 Emplear términos vejatorios o irrespetuosos en el contenido de sus escritos o recursos para los trámites internos o disciplinarios. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G37 Faltar a la verdad con la intención de perjudicar o favorecer a un superior, subordinado o de igual grado. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G38 Debilidad manifiesta e injustifi cada para intervenir en acciones policiales contra elementos al margen de la ley. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. CONTRA LA DISCIPLINA CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN G39 Actuar con motivo del ejercicio de su función, discriminando a las personas por razón de raza, género, religión, idioma, opinión, lugar de nacimiento o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, siempre que no constituya delito. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G40 Emplear para usos particulares personal, medios o recursos de la Institución o facilitarlos a un tercero, siempre que no constituya delito. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G41 Formular acusaciones tendenciosas o temerarias contra cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú. Pase a la Situación de Disponibilidad. CONTRA EL SERVICIO POLICIAL CÓDIGO INFRACCIONES SANCIÓN G42 Realizar acciones policiales no autorizadas o no seguir los procedimientos establecidos en las disposiciones vigentes. De 2 a 6 días de Arresto de Rigor. G43 Establecer u otorgar privilegios o desventajas en la asignación o distribución de los recursos humanos, logísticos, económicos y fi nancieros. De 2 a 6 días de Arresto de Rigor. G44 Alejarse sin autorización del puesto de servicio al cual fue asignado, para realizar actividades ajenas a su función. Ídem G18. De 2 a 6 días de Arresto de Rigor. G45 Usar la fuerza en forma innecesaria o desproporcionada, en acto de servicio, ocasionando lesiones graves. De 2 a 6 días de Arresto de Rigor. G46 Maltratar a los intervenidos una vez reducidos o detenidos, causándoles lesiones. De 2 a 6 días de Arresto de Rigor. G47 Perder o inutilizar documentación o cualquier información clasifi cada que afecte la seguridad y el servicio policial. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G48 Simular enfermedad o facilitar la simulación en perjuicio del servicio policial o los derechos de los demás. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G49 Valerse de infl uencias con la fi nalidad de no incorporarse a su unidad de destino o a la más cercana, en caso de desastre natural o grave alteración del orden público. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G50 Actuar con negligencia en el ejercicio de su función, al no dar cumplimiento a las disposiciones pertinentes en torno a la seguridad durante la custodia y traslado de los detenidos, procesados o inculpados. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G51 Tener en forma estable o transitoria, para actividades del servicio, personas ajenas a la institución, sin la autorización debida. De 6 a 10 días de Arresto de Rigor. G52 No prestar auxilio a las personas que se encuentren lesionadas o en grave peligro. De 8 a 12 días de Arresto de Rigor. G53 Diagnosticar, prescribir o ejecutar en el paciente tratamientos y procedimientos que no correspondan al protocolo para su problema de salud. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor G54 Actuar con negligencia en el ejercicio de su función y, como consecuencia de ello, se cause lesiones graves o la muerte. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G55 Actuar con negligencia dando lugar a la evasión de un detenido estando de servicio o en el desempeño de la función policial. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor. G56 Inducir y obligar al personal de la Policía Nacional del Perú o familiares a someterse a diagnósticos, procedimientos o tratamientos médicos particulares con fi nes de lucro. De 10 a 14 días de Arresto de Rigor.