Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2009 (23/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de mayo de 2009 396356 Modifi car el numeral 30.4 del artículo 30º del Reglamento de la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, aprobado con el Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 023-2008-DE/SG, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “30.4.- En caso de fl agrancia en la comisión de infracciones muy graves, el infractor será sancionado por el Comandante General de la Institución Armada, previa investigación sumaria efectuada en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas subsiguientes a la comisión de la infracción, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 24.10 del artículo 24º del presente Reglamento. La investigación debe garantizar el cumplimiento de los principios de inmediatez y debido procedimiento, contenidos en la Ley Nº 29131 - Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, comprendiendo la consignación objetiva de hechos y pruebas que determinen fehacientemente la responsabilidad disciplinaria del infractor.” Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 351874-2 Autorizan viaje de Comisión del CAEN para participar en la formulación de un Nuevo Modelo de Seguridad Subregional con la ANEPE de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2009-DE/SG Lima, 22 de mayo de 2009 Visto, el Acta Final de la XVII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Chile, realizadas en el año 2002; CONSIDERANDO: Que, en el entendimiento Sexto de dicha Acta, se dispone que el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) del Perú y la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE) de Chile, deben formular una propuesta para un Nuevo Modelo de Seguridad Sub-Regional; Que, el 14 de febrero de 2003, con Ofi cio Nº 469 JCCFFAA/D6, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica al CAEN la conformación de una Comisión de Trabajo con la ANEPE para la formulación de una propuesta para un Nuevo Modelo de Seguridad Sub-Regional; Que, en agosto de 2004, se conformó la Comisión Conjunta entre el CAEN y la ANEPE iniciándose los trabajos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el entendimiento sexto del Acta Final de la XVII Ronda de Conversaciones del Alto Mando de las Fuerzas Armadas del Perú y Chile, estableciéndose los puntos a tratar y la metodología a seguir para la elaboración de la propuesta; Que, en mayo de 2006, ambas Comisiones de Trabajo del CAEN y la ANEPE se reunieron en Lima, desarrollando la Metodología establecida. En julio de 2007 y noviembre de 2008, la Comisión de Trabajo de la ANEPE, se constituyó a Lima para que conjuntamente con la Comisión de Trabajo del CAEN, continúen con el estudio de la propuesta del Nuevo Modelo de Seguridad Sub-Regional; acordándose que la siguiente reunión, debía realizarse en las instalaciones de la ANEPE, en Santiago de Chile durante el Primer Semestre de 2009; Que, resulta conveniente para los intereses nacionales e institucionales autorizar el viaje de una Comisión del CAEN, a la ciudad de Santiago de Chile, para la continuación del desarrollo de la propuesta antes indicada; Que, este viaje se encuentra comprendido en el Rubro 5, Medidas de Confi anza Mutua, Item 16 del Anexo 02 del Plan Anual de viajes al Extranjero del Sector Defensa año 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de 19 de enero de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008- 2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio al Exterior, de una Comisión del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) a la ciudad de Santiago de Chile, del 9 al 13 de junio de 2009, para que participe en la formulación de un Nuevo Modelo de Seguridad Sub-Regional con la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE) de Chile. Dicha Comisión estará conformada por: Calm William SCHMITT LUNA Director Ejecutivo del CAEN Crl. EP Carlos CASTILLA BENDAYAN Director del Instituto de Investigaciones Estratégicas del CAEN Dr. Carlos CHIPOCO CACEDA Asesor Académico del CAEN Crl. EP Francisco NEYRA FARFAN Jefe de Investigación Estratégica del CAEN. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Santiago-Lima) US$ 800.00 x 4 personas US$ 3,200.00 Viáticos US$ 200.00 x 5 días x 4 personas US$ 4,000.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 4 personas US$ 124.00 Artículo 3º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio del 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominación. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 351874-6 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU., Brasil y Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2009-DE/SG Lima, 21 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 431 de fecha 28 de abril de 2009, Nº 457 de fecha 07 de mayo de 2009 y Nº 466 de fecha 08 de mayo de 2009, el Director General para Asuntos