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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de mayo de 2009 396408 exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Bonos Subordinados Banco de Lima – Sudameris, Primera Emisión”, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada por el artículo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, aprobadas por Resolución CONASEV Nº 73-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, así como a la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores; y por el artículo 36, inciso c), del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores denominados “Bonos Subordinados Banco de Lima – Sudameris, Primera Emisión” del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú, en calidad de Representante de Obligacionistas; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 349732-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión Regional de Lambayeque del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 068-2009-INDECOPI/COD Lima, 21 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que en el marco de la desconcentración de funciones y de competencias de los órganos del INDECOPI, se han establecido Comisiones Regionales a las que se refi ere el Artículo 34° del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, las cuales están encargadas de tramitar y resolver los procedimientos del ámbito institucional, en su respectiva circunscripción territorial; Que en ese contexto, viene operando la Comisión Regional de Lambayeque la cual, conforme a lo previsto en el artículo 34.2° del referido Decreto Legislativo, es un órgano resolutivo que debe operar con cuatro miembros designados por el Consejo Directivo de la institución; Que resulta necesario completar el número legal de miembros de la citada Comisión Regional; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo; y, En uso de la facultad que confi ere el inciso h) del artículo 7° del Decreto Legislativo Nº 1033 y el Artículo 40° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM; RESUELVE. Artículo Único.- Designar al señor Segundo Alfredo Santa Cruz Vera en el cargo de miembro de la Comisión Regional de Lambayeque del INDECOPI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 351642-1 PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Autorizan viaje de Vicepresidente y Consejero del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura a República Dominicana para participar en el Seminario “Derecho Constitucional y Derechos Humanos” RESOLUCIÓN Nº 043-2009-AMAG-CD/P Lima, 20 de mayo de 2009 VISTOS: La invitación cursada por el señor Henry Molina, Director de la Escuela Nacional de la Judicatura de República Dominicana, al Seminario sobre “Derecho Constitucional y Derechos Humanos”, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo– República Dominicana, y con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la invitación cursada por el Director de la Escuela Nacional de la Judicatura de la República Dominicana, en la ciudad de Santo Domingo, de la República Dominicana, con motivo de la Celebración de la “Novena Edición de la Temporada del Derecho Francés y la Justicia” se llevará a cabo entre los días 1 y 2, y 3 al 4 de junio próximo, dos Seminarios sobre “Derecho Constitucional y Derechos Humanos, actividad que cuenta con el auspicio y colaboración de la Escuela de la Magistratura Francesa y la Embajada de Francia en República Dominicana; Que, como parte de la cooperación, concertación y apoyo recíproco entre los Miembros de la Red