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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406910 Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes. Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO “Relación de Proyectos de Inversión” (en Nuevos Soles) N° EMPRESA PÚBLICA HABILITADA CÓDIGO DNPP PROYECTO DE INVERSIÓN MONTO DE LA TRANSFERENCIA 1 EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. 022476 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EPS MOYOBAMBA. 85,411.00 2 EPS MOQUEGUA S.A. 036356 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EPS MOQUEGUA S.R.L. 1,434,028.00 3 EPS EMAPA HUARAL S.A. 041048 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EMAPA HUARAL S.A. 207,366.00 4 EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. 036355 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EPS SIERRA CENTRAL SA 250,131.00 5 EPS CHAVÍN S.A. 041586 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EPS CHAVIN S.A. 655,894.00 6 EPS EMAPA CAÑETE S.A. 041756 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – EMAPA CAÑETE S.A. 477,834.00 7 EPS SEDA HUÁNUCO S.A. 031527 MEDIDAS DE RÁPIDO IMPACTO – DE LA EPS SEDA HUANUCO S.A. 597,415.00 8 EPS SELVA CENTRAL S.A. 055163 PROYECTO DE MEDIDAS DE RAPIDO IMPACTO EN LA EPS SELVA CENTRAL S.A. 390,411.00 TOTAL TRANSFERENCIA FINANCIERA 4,098,490.00 429308-6 Autorizan transferencia de partidas y transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar proyectos de inversión del Programa Agua para Todos DECRETO SUPREMO Nº 275-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de Convenio. Excepcionalmente, en el caso que el proyecto de inversión sea ejecutado por Empresas Públicas los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de Convenio. Los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfi eren a dichas Empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección Nacional del Tesoro Público y no generan saldo de balance; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, las transferencias de recursos a que hace referencia el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se sujetan a lo establecido en la Quinta Disposición Final de la Ley N°29289, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 102-2009 se establece hasta el 30 de noviembre de 2009 el plazo de autorización para las transferencias de recursos que efectúen los Pliegos del Gobierno Nacional, en el marco de lo dispuesto por la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, para el fi nanciamiento de los proyectos de inversión a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, en la parte correspondiente a las metas presupuestarias a ser ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2009 por las entidades receptoras de las transferencias de recursos; Que, el Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su Presupuesto Institucional 2009, cuenta con recursos para la ejecución de proyectos de inversión en saneamiento en diversos Gobiernos Locales y Empresas Públicas de Saneamiento, en el marco del Programa Agua para Todos; Que, mediante el Memorándum N° 1531-2009- VIVIENDA-VMCS-PAPT/DE, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, con los Informes Técnicos correspondientes, emite opinión favorable para la transferencia de partidas por un monto de DOCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 066 755,00) a favor de Gobiernos Locales, para la ejecución de los proyectos de inversión de saneamiento, viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, que se detallan en el Anexo I que forma parte del presente Decreto Supremo, así como, para la transferencia fi nanciera por un monto de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 939 513,00) a favor de la Empresa Pública de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. para la ejecución de los proyectos de inversión de saneamiento, viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, que se señalan en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo, con quien a su vez, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha suscrito los Convenios y Adendas correspondientes; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Memorándum N° 2284-2009/VIVIENDA-OGPP, ha informado sobre la disponibilidad de recursos para la transferencia de partidas, hasta por la suma de DOCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 066 755,00) a favor de Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto Supremo; así como, la disponibilidad de recursos para la transferencia fi nanciera, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 939 513,00) a favor de la Empresa Pública de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A.,