TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406911 para fi nanciar la ejecución de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido por la Quinta Disposición Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia N° 035-2009 y el Decreto de Urgencia Nº 102-2009; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de DOCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 066 755,00), para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión de saneamiento, de acuerdo a lo siguiente: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento Urbano ACTIVIDAD 1.046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 12 066 755,00 -------------------- TOTAL 12 066 755,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 12 066 755,00 ------------------- TOTAL 12 066 755,00 ========== La transferencia de partidas autorizada por el presente Decreto Supremo será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo I que forma parte de la presente norma, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de transferencia para cada proyecto. Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 939 513,00) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Pública de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A., para ser destinada exclusivamente al fi nanciamiento de los proyectos de inversión de saneamiento señalados en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 4°.- Financiamiento de las Transferencias Las transferencias de partidas y fi nanciera autorizadas por el presente Decreto Supremo se realizarán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua para Todos, en la Actividad 1.046721 Transferencias para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 5°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los artículos 1º y 3º del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 6°.- Plazo para inicio del proceso de selección Las Entidades Públicas habilitadas con las transferencias aprobadas por los artículos 1º y 3º del presente Decreto Supremo, según corresponda, iniciarán en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, a partir de la publicación del presente dispositivo legal, el proceso de selección para la ejecución de los proyectos de inversión. Artículo 7°.- Información Los Pliegos habilitados y la Empresa Pública de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A., informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los respectivos Convenios y Adendas. Artículo 8°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO Nº I Relación de Proyectos de Inversión (en nuevos soles) Nº PLIEGOS HABILI- TADOS CODIGO DNPP PROYECTOS DE INVERSION PROGRA- MAS DEL MVCS MONTO DE LA TRANS- FERENCIA GOBIERNOS LOCALES 12,066,755 1 010312 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAMBRASBAMBA 091188 AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CONSTRUCCION DE ALCANTARILLADO DE LAS LOCALIDADES DE OSO PERDIDO, PROGRESO Y AGUA DULCE, DISTRITO DE YAMBRASBAMBA - BONGARA - AMAZONAS PAPT 700.000 2 220804 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA 021165 REHABILITACION, MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DESAGUE DE NUEVA CAJAMARCA PAPT 615.002